SET no emitirá timbrado ni CCT a quienes incumplan con registro electrónico de comprobantes

Tributación recuerda que desde este 2022 rige la obligatoriedad del registro electrónico de comprobantes de compras, ventas, ingresos y egresos para tres grupos de contribuyentes, que son del IVA, IRP e IRE. En caso de incumplimientos, los afectados no accederán al certificado de cumplimiento tributario (CCT) ni renovación de timbrado desde octubre.

Las medianas empresas están entre las que deben  reportar sus declaraciones informativas.
Las medianas empresas están entre las que deben reportar sus declaraciones informativas.

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José Vernazza, coordinador de Servicios al Contribuyente de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), recordó a los contribuyentes la vigencia de la implementación del registro electrónico de comprobantes dentro del sistema “Marangatu”. Se trata de un esquema que busca “facilitar” la vida de los contribuyentes y a su vez, el trabajo del control estatal, y su implementación se aplica en el contexto de la reforma tributaria.

La medida consiste en la presentación de las declaraciones informativas que a la SET le permite luchar contra la evasión de manera más fácil y eficiente, dijo.

“Se detectó que Tributación tenía varios canales de información, conforme al tipo de contribuyente, tales como el libro de compras y ventas del IVA, Aranduka y Hechauka. Ahora se unifica el sistema, mediante la Resolución General N° 90 y sus modificatorias, que son N° 104 y N° 117″, comentó Vernazza.

El registro de comprobantes electrónicos se refiere a lo que se conoce como la “carga de facturas” en el software de Tributación, denominado “Marangatu”, y se aplica para todos los comprobantes que sean de compras, ventas, ingresos y egresos. Esta medida es obligatoria desde este año, sin embargo, desde octubre próximo rigen las sanciones por incumplimientos y desde el 1 de febrero del 2023, las multas, explicó.

Vernazza indicó que la implementación rige para tres grupos de contribuyentes, que son los del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a la Renta Personal (IRP) por Servicios Personales (SP), y el Impuesto a la Renta Personal (IRE), específicamente los que se encuentran registrados bajo el Régimen Simplificado para Medianas Empresas Simple.

“Hemos notado que si una persona afectada por el IRP iniciaba un emprendimiento, lo convertía en un contribuyente del IVA, y así ya tenía que presentar dos libros, uno como contribuyente del IRP y el otro, del IVA y del IRE. Entonces, lo que se busca es facilitar estas presentaciones y habilitar una única vía”, explicó.

En cuanto al calendario para la presentación de todos los citados documentos, indicó que se aplica conforme a la categoría del contribuyente. Aquellos que son del IVA, la declaración se debe realizar de manera mensual y la fecha tope es al día siguiente del vencimiento para este impuesto (según el número de terminación del Registro Único del Contribuyente - RUC). En cuanto a la gente aportante del IRP, es de presentación anual, aunque recomendó para una mejor organización la carga mensual de los comprobantes.

En caso de incumplimientos, desde octubre próximo, los afectados interesados en acceder a su Certificado de Cumplimiento Tributario (CCT) o renovación de timbrado, no podrán hacerlo. Las multas se aplicarán desde 1 de enero del 2023, dijo Vernazza, aunque no detalló aún el monto de las mismas.

La gente interesada en obtener mayor información, puede encontrar en la web www.set.gov.py.

Lucha contra la evasión tributaria

El registro electrónico de comprobantes consiste básicamente en la carga de facturas al sistema de Tributación, que es el software Marangatu, de todos los comprobantes de compras, ventas, ingresos y egresos de los contribuyentes. Se trata de declaraciones informativas que permiten un control eficiente del sistema tributario y optimizar la lucha contra la evasión, como parte de la reforma tributaria vigente, según explica la SET.

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