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La empresa iCrop SA demandó recientemente a la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar), buscando mantener el negociado de “regularizar” tragamonedas que operan en sitios prohibidos por la ley N° 1.016/97 del Régimen de juegos de Azar y la N° 6.903/22 que establece medidas de protección a menores de edad de la influencia de esas máquinas y prohíben su uso en comercios de libre concurrencia, tales como despensas, hamburgueserías, peluquerías, etc. La firma en cuestión tiene como accionistas a una ciudadana taiwanesa de nombre Lucy Sy y a la compatriota Lilian Beatriz Vera de Qiu, mientras que el representante legal es Humberto Acuña.
El plan acordado en su momento por la misma Conajzar -en contra de la ley que le regula- planteaba “legalizar” unas 50.000 máquinas, por las que iCrop cobraría un canon mensual. La expectativa de recaudación orillaba los US$ 2,1 millones al mes, según los datos a los que accedió nuestro diario, de los cuales 70% quedaría para iCrop (US$ 1,5 millones), y solo el 30% al Estado. Pero ante la promulgación de una nueva ley en 2022 que ratifica la norma que ya existía, y la presión por las investigaciones periodísticas y sobre todo de la Fiscalía, finalmente Conajzar desistió el 10 de junio último del criticado contrato, tachado de ilegal por varias instituciones, como el Ministerio Público, Contraloría General de la República (CGR), Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac) y hasta la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci), que es miembro de la Comisión.
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Precisamente, conforme a la notificación que le llegó a Conajzar días atrás -documento al que nuestro diario tuvo acceso-, iCrop le demandó para seguir con el contrato. Esta acción civil fue atendida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, a cargo de la jueza Lizza Natalia Reyes.
Tragamonedas, un “negocio” millonario
La empresa desea que la justicia determine si está vigente la Resolución N° 34/2020 de Conajzar, con la cual se creó una “nueva modalidad” para censar, catastrar y explotar tragamonedas en sitios cuya actividad principal no es juegos de azar. Es que la Comisión revocó esa resolución, basándose en dictámenes del asesor externo Jorge Zárate, de la Procuraduría General de la República (PGR) y de la Abogacía del Tesoro.
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Es por eso que iCrop solicitó una medida cautelar de “prohibición de innovar” relativa a la resolución 34, es decir, una medida para seguir con el negociado de las tragamonedas. Pero la misma fue rechazada por “improcedente”, ya que constituye el fondo de la cuestión, estipuló la jueza Reyes.
Contrato de Conajzar con iCrop
El contrato firmado entre Conajzar y iCrop dice que las controversias en general deben dirimirse el Tribunal de Cuentas, a excepción de acciones contra decisiones de dicha Comisión, que deben tramitarse en el fuero civil.
Como consecuencia, la Conajzar revocó la Resolución N° 34, el 10 de junio pasado, basada en dictámenes del asesor externo Jorge Zárate Leiva, Procuraduría General de la República (PGR) y Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda.
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Funcionarios procesados
La decisión de Conajzar, hoy presidida de forma interina por María Galván del Puerto, de dejar sin efecto el contrato en cuestión se dio en un contexto complicado para las exautoridades de esta institución que en su momento aprobaron ese documento. El Ministerio Público acusó y pidió juicio oral para Rubén Rousillón Blaires, gobernador de Presidente Hayes; Carmen Corina Alonso, titular de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (Diben) y precandidata al Senado por el movimiento Fuerza Republicana; Ricardo Núñez Giménez, precandidato a gobernador de Presidente Hayes por el movimiento Honor Colorado y hermano del diputado Basilio “Bachi” Núñez; Omar Mongelós González y José Antonio Ortiz Báez (expresidente de Conajzar).
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La fiscala que lleva el caso, María Estefanía González, acusó a Ortiz, Alonso y Núñez por los supuestos hechos punibles de lesión de confianza, usurpación de funciones públicas, prevaricato y exacción; a Mongelós y Rousillón por lesión de confianza, prevaricato y exacción; y a Álvaro Wasmosy, directivo de TDP (explotadora de la quiniela), por declaración falsa.
La agente fiscal consideró que Conajzar sabía que no era competente para conceder la explotación de tragamonedas a nivel país, ya que es potestad de los municipios la habilitación de salas de juegos de azar, incluído el control de dichas máquinas, según los artículos 22, 23 y 27 de la Ley N° 1.016/97.
Lo que dijo la fiscala en su acusación
Además, recalcó que el plan de Conajzar permitiría el uso de tragamonedas en comercios de libre acceso, y de esta manera, se expone a niños, niñas y adolescentes a desarrollar adicción a las apuestas (ludopatía). “Conajzar no sólo ejerció una función que no le correspondía, delegó a iCrop la facultad de otorgar permisos de explotación de tragamonedas, percibir canónes y formalizar máquinas que operan irregularmente, decisiones que favorecieron los juegos clandestinos”, describe la acusación.
La investigación incluye la adjudicación de la Quiniela a una firma morosa del fisco y reducción del canon a concesionarias.