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Las sociedades estaban obligadas hasta el año pasado a canjear sus acciones y luego comunicar a la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales, organismo dependiente de Hacienda, pero mediante la Ley N° 6872/2021 se dio un nuevo plazo de seis meses para aquellas que no cumplieron con esta disposición.
Este nuevo plazo venció el último miércoles 15, por lo que aquellas que no cumplieron el mencionado requisito deberán proceder a su disolución y liquidación voluntaria, sus RUC serán bloqueados por la SET y dejarán de operar en el sistema financiero.
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La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas estima que antes de la vigencia de la Ley N° 6872/21 podrían haber existido entre 2.500 a 3.000 sociedades anónimas que no cumplieron con el canje de acciones al portador a nominativas.
Orué señaló a ABC que el bloqueo del RUC de estas sociedades se realizará una vez que reciban el listado de las que no cumplieron con la disposición de la referida normativa, después de esta medida ya no podrán operar atendiendo que ya no estarán autorizados a obtener timbrado ni emitir facturas.
Cumplieron y están en proceso
Los datos oficiales de la Dirección General de Personas indican que dentro del régimen especial y transitorio establecido hasta junio pasado, 349 sociedades anónimas están dentro del proceso de reconducción para cumplir con las disposiciones de la ley.
A esto se suma que 13.525 sociedades sí cumplieron con el canje de acciones al portador a nominativas, de acuerdo a lo que establece la ley 5.895/2017, modificada por la ley 6.399/2019.
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De acuerdo con informes emitidos de Hacienda, una de las principales recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), es lograr adecuaciones legales, regulatorias y administrativas que provean a las sociedades los mecanismos adecuados que permitan identificar a los titulares de las acciones que integran el capital social, además de la obligatoriedad de mantener y comunicar la información sobre el beneficiario final a las autoridades competentes.