Fallo a favor de BNF revela que habría problemas de diseño en ley antilavado

El abogado Ezequiel Santagada, del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) analizó el fallo favorable al BNF en caso de las cuentas Messer, a lo que expresó que hay un aparente problema de diseño en las leyes antilavado y que será un caso difícil para la Corte.

RESPONSABLES INSTITUCIONALES Y PARTICULARES EN RED DE LAVADO DE DARÍO MESSER
RESPONSABLES INSTITUCIONALES Y PARTICULARES EN RED DE LAVADO DE DARÍO MESSERArchivo, ABC Color

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Un fallo del Tribunal de Cuentas con dos votos a favor y uno en contra, dio finalmente lugar a un pedido del Banco Nacional de Fomento (BNF) de anular la sanción impuesta por el Banco Central del Paraguay en el caso de las cuentas Messer (amigo del alma del ex presidente Horacio Cartes. Sobre el fallo en cuestión, el abogado Ezequiel Santagada, del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) reflexionó sobre los argumentos expuestos por los integrantes del Tribunal de Cuentas, segunda sala y expresó que habría un problema de diseño en las leyes antilavado, lo que finalmente facilitaría a los abogados de lavadores “a que se luzcan” en este caso. “El problema es de mal diseño normativo”, indicó Santagada en una reflexión sobre el caso que compartió en Twitter.

Según detalló, el Acuerdo y Sentencia N° 143 del Tribunal de Cuentas por mayoría consideró que habían prescripto los hechos que dieron lugar a la multa, pero que el voto en minoría consideró lo contrario.

Explicó que la Ley 1015 (de Prevención de Lavado) tipifica las conductas que dan lugar a sanciones y no prevé plazo de prescripción, aunque si establece que la “reglamentación, investigación y sanción de infracciones administrativas a la ley sólo se podrá realizar a través de las instituciones encargadas. En este caso, por la normativa del Banco Central.

Discusión sobre prescripción de la acción

Agrega que el Tribunal de Cuentas, por mayoría, consideró que la conducta del Banco Nacional de Fomento (BNF) no se encontraba entre las calificadas como “graves” (que prescriben a los 5 años) por la Ley orgánica del BCP, y según ellos era “leve” y que prescribía al año.

En cambio, relató que el voto en minoría, consideró que las faltas administrativas de la ley 1015/97 no hacen distinción entre graves y leves y, por tanto, “por armonización de las normativas” el BCP habría actuado correctamente al calificar la falta como “grave”.

Según el profesional no se puede acudir a la Ley del BCP para calificar como grave o leve una conducta; porque entonces todas las sanciones de la ley 1015 tendrían un plazo de prescripción de 1 año, lo cual sería absurdo. Y tampoco, según Santagada podría haber conductas que deriven en sanción y no tengan plazo de prescripción, como está en la Ley 1015. “Ahí parecería razonable fundamentar en cada caso la gravedad o no de la conducta y aplicar el plazo de prescripción que corresponda” explicó.

Para el profesional todo esto revela que las normas jurídicas antilavado estaban diseñadas para que los abogados de quienes lavan o facilitan el lavado se luzcan. “El problema es de mal diseño normativo”, afirmó. Mencionó también que leyendo el voto de la mayoría, se deja entrever como mínimo una actitud despreocupada por los sumariantes del BCP y que esto puede ser por falta de preparación o para favorecer a una de las partes (léase, corrupción), por lo que el profesional concluye que será un caso difícil para la Corte Suprema de Justicia.

BCP recurrió ante la Corte

Ni bien el Tribunal de Cuentas, emitió el Acuerdo y Sentencia N° 143 que benefició al BNF impidiendo que pague una multa de G. 10.665 millones impuesta por el BCP, por deficiencias en el control de lavado de dinero en las cuentas relacionadas a Darío Messer (“hermano del alma” del expresidente Horacio Cartes), el ente regulador presentó ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de nulidad y apelación contra dicha resolución.

La sanción al banco estatal se dio a partir de un sumario donde se detectaron inconsistencias y falta de respaldo de operaciones por más de G. 106.650 millones (US$ 15 millones) en las cuentas relacionadas a Darío Messer. Aunque las operaciones de Messer en el citado banco estatal rondaban los US$ 56 millones entre el 2011 y 2016.

Exceso en límite de remesas, falta de debida diligencia en conocimiento al cliente, beneficiario final y origen de los fondos, fueron algunas de las irregularidades descubiertas en la citada investigación del ente regulador.

Las operaciones de Messer datan precisamente de la época en que Cartes era titular del Poder Ejecutivo, siendo presidente del BNF Carlos Pereira, hoy ministro del MUVH, y a cargo de la secretaría antilavado estuvo Óscar Boidanich.

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