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La institución que nuclea a los clubes del interior, sostiene que "la Unión del Fútbol del Interior como afiliada a la Asociación Paraguaya de Fútbol y por ende a la FIFA, respeta los cánones que gobiernan a las citadas entidades. Por ende se recomienda a las federaciones de fútbol departamental, ligas y clubes, no efectuar ninguna gestión de personerías jurídicas o cambios de ellas, sin que exista una directiva de la entidad matriz al respecto, hasta se cuente con la Ley reglamentaria o decreto respectivo que a ese efecto fue conformada la comisión respectiva".
La UFI puntualiza que la Ley establece que la APF se rige por su estatuto y las normas de la FIFA, siempre que las mismas no sean contrarias a la Constitución Nacional y las leyes vigentes de la República.
EL MOTIVO
Esta recomendación surgida de la UFI, sería como producto de la reunión "revolucionaria" que mantuvieron dirigentes del interior, en el polideportivo Nicolás Léoz de Itauguá, ocasión en la que se expresaron deseosos de la creación de federaciones regionales y su afiliación a la Asociación Paraguaya de Fútbol. Esto es, según sostuvieron, en base a lo que establece el artículo 29 de la Ley 2.874/06, conocida como Ley del Deporte.
La UFI puntualiza que la Ley establece que la APF se rige por su estatuto y las normas de la FIFA, siempre que las mismas no sean contrarias a la Constitución Nacional y las leyes vigentes de la República.
EL MOTIVO
Esta recomendación surgida de la UFI, sería como producto de la reunión "revolucionaria" que mantuvieron dirigentes del interior, en el polideportivo Nicolás Léoz de Itauguá, ocasión en la que se expresaron deseosos de la creación de federaciones regionales y su afiliación a la Asociación Paraguaya de Fútbol. Esto es, según sostuvieron, en base a lo que establece el artículo 29 de la Ley 2.874/06, conocida como Ley del Deporte.