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La Confederación es la entidad que está reconocida por la Secretaría Nacional de Deportes (SND).
Rivas Solalinde señaló que “lo vemos como muy lógico y fundado, para convocar la asamblea. Pretendemos abrir una nueva etapa dentro de la referida Confederación y hacer frente a uno de los procesos más importantes de su historia, principalmente implementar una política de integración, organización y gestión institucional”.
Prosiguió: “esta Confederación es el órgano rector del Taekwondo W.T. en el Paraguay, conforme a facultades reconocidas y otorgadas por los Estatutos Sociales, la Comisión Directiva tiene atribuciones para ‘Convocar a Asamblea’, de no ser así, ¿Qué función cumplen sus miembros si ni siquiera tienen poder de decisión?. Entonces, la única solución razonable es una Asamblea Nacional, con mecanismos de control y supervisión del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y que la SND se constituya en la entidad superior de fiscalización del proceso electoral”.
El maestro siguió diciendo: “Paraguay se encuentra en la última categoría de esta disciplina deportiva olímpica, donde nunca antes estuvimos, hay que tomar de una buena vez la senda de la seriedad, responsabilidad, progreso y desarrollo del Taekwondo W.T. olímpico de nuestro país, para provecho de los atletas de la capital, central e interior, con miras a Juegos Sudamericanos, Panamericanos, Juegos Olímpicos Tokyo 2020 y en especial los Juegos Olímpicos ODESUR Asunción 2022”.
Rivas expresó concretamente los siguientes puntos, como valederos para la convocatoria:
1. Se legitiman violaciones de los EE.SS. de la Confederación y el Reglamento General de Entidades Deportivas, en vigencia por Resoluciones de la SND Nº 054/2012 y Nº 933/2013;
2. La Confederación no cumplió, no completó, ni contestó en un plazo establecido de 5 (cinco) días hábiles, con la remisión de requerimientos formulados por la Secretaría Nacional de Deportes, conforme a la Nota SND N° 507/2018 de fecha 15 de junio de 2018:
a. Libro de Actas rubricada y habilitada por la Secretaría General de Deportes original y/o fotocopia autenticada por Escribanía Pública, periodo 2006 hasta la fecha;
b. Actas de las Sesiones ordinaria/extraordinaria de la Comisión Directiva, más recientes;
c. Libro de registro de asistencia de los Miembros en sesiones de la CD periodo 2004 hasta la fecha;
d. Memoria de la Comisión Directiva, el Balance General, Cuadro de Pérdidas y Ganancias e Inventarios del ejercicio fenecido al 31 de diciembre de 2017;
e. Lista Asociaciones, Federaciones, Clubes con registro de la SND como Entidad Deportiva que integra la Confederación;
f. Estadística general de las actividades propias y de las entidades afiliadas;
g. Registro de afiliados que hayan satisfecho las exigencias reglamentarias;
h. Cronograma en lo que respecta a competencias de Taekwondo.
3. Hay Miembros de la Comisión Directiva que abandonaron sus cargos, jamás aparecieron en las Sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias, así también, miembros que permanecen, pero cada vez se involucran menos en las actividades. El alejamiento de renombrados maestros por no estar de acuerdo con la acción de la Presidencia y lo más grave, hay casos de fallecimiento en el seno de la Comisión Directiva;
4. Conforme los Estatutos Sociales de dicha Confederación, un período de mandato dura cuatro (4) años y es evidente que no se convocó posterior a la “Asamblea General Ordinaria - Elección de la Comisión Directiva de la Confederación para el periodo 2006/2010 realizada el 31 de marzo de 2006”. Mucho menos se realizaron las Asambleas para los periodos 2010-2014 y 2014-2018”. La SND tomó acciones para viabilizar la asamblea para formalizar una nueva Comisión Directiva.
5. No hay informes periódicos (mensuales, semestrales, anuales) de realización de ciertos actos y competencias deportivas que acredita el funcionamiento de la Confederación como rectora del Taekwondo W.T. Este precepto es de cumplimiento obligatorio y en este plano hay que hacer en tiempo y forma: torneos/campeonatos con características de regional, nacional e internacional, selección, competencia para cintos negros de carácter clasificatorio, etc.
6. En estos momentos esta Confederación es una cáscara vacía donde no hay gente, nadie participa, carece de:
a. Representatividad deportiva e institucional en temas de Selección Nacional de Taekwondo W.T. en el que se vinculen a gimnasios, academias, clubes, asociaciones, en todo el territorio de Paraguay;
b. Legalidad nacional, no posee Acta, comisión directiva y ni 5 (cinco) Clubes inscriptos en el Registro de Entidades Deportivas de la SND, condición para el legítimo funcionamiento como ente rector;
c. No está acreditada ni autorizada por la matriz internacional del Taekwondo para difusión de la disciplina deportiva a nivel nacional, no cuenta el estado de un Miembro Asociado a la W.T.
El titular de la Federación finalizó, comentando otros documentos que avalan el pedido de asamblea:
1. Nota de Miembros de la Comisión Directiva, rubricada con la firma del Síndico Titular y 1 Miembro del Tribunal Electoral Independiente, dirigida al presidente Rubén Parquet Servián, con copia a la SND, presentada en Mesa de Entrada de la SND, en la que se solicita:
“Asamblea General Ordinaria para una nueva Comisión Directiva de la Confederación Paraguaya de Taekwondo W.T.F.”
2. Nota de miembros y afiliados de la Confederación, dirigida al presidente Rubén Parquet Servián, con copia a la SND, presentada en Mesa de Entrada de la SND, reiteración de solicitud de convocatoria a “Asamblea General”;
3. Nota de los Vicepresidentes 1° y 2° de la Confederación, presentada en Mesa de Entrada de la SND, en la que dejan asentada que no fueron comunicados, ni convocados a Sesiones ni Asamblea alguno, así como también, aclaran que no se han apartado, ni renunciaron como miembros de la Comisión Directiva de la Confederación;
4. Nota presentada a la SND en la que se remite el Acta aprobada y registro de participantes de la Convención Nacional de Taekwondistas, celebrada el 23 de junio de 2018, en una de las instalaciones del Complejo Deportivo de la Secretaría Nacional de Deportes, obra en la SND;
5. Nota presentada a la Secretaría Nacional de Deportes por un integrante del Tribunal Electoral Independiente de la Confederación, como Miembro del TEI plantea a la SND, atender y viabilizar la Asamblea General;
6. Comunicado de Presidentes de Clubes Deportivos de Taekwondo W.T. con Personería Jurídica y Registro como Entidad Deportiva de la SND que apoyan la Asamblea General año 2018 para elección de nuevas autoridades de la Confederación reconocida por la SND. El expediente fue presentado y obra en la SND.