La Sindicatura General de Quiebras, interinamente a cargo de Ernesto Ocampos, también debe expedirse sobre la venta de un crédito que hizo el ex síndico general, Amado Verón.
Este había vendido, sin autorización judicial, por 400 mil dólares un crédito que Bipsa tenía en Cipasa.
Verón en un informe a la Corte asegura que no vendió derechos en la operación hecha entre la quiebra de Bipsa y la firma Malger SA.
Dice que se trató del cobro de un crédito a favor de la entidad fallida, que no necesitaba de orden judicial y por eso lo hizo a través de una escritura pública.
Sin embargo, el argumento de Verón es falso, porque lo que hizo es vender un crédito de Bipsa a Malger.
Hubiera sido diferente si Cipasa le pagaba la deuda. En consecuencia, era indispensable la autorización judicial.
Los créditos cuando deban ser percibidos en condiciones distintas a las normales, como finalmente ocurrió en Bipsa, requieren necesariamente orden judicial.
Verón no tuvo en cuenta el artículo 144 de la ley de quiebras que le obliga a requerir la autorización judicial para transigir.
La transacción es un acto jurídico bilateral, por el cual las partes, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas.
Los antecedentes revelan que el 27 de diciembre de 2007, ante la escribana Nancy Del Carmen Marecos de Bergottini, se constituyeron el entonces síndico general, Amado Verón, en representación de Bipsa, y el abogado Pedro Ruiz Balsamina, como "gestor de negocio ajeno".
El abogado Gerardo Meza, del Banco Central del Paraguay, había pedido al juez Hugo Morán que solicite informes al síndico Ernesto Ocampos sobre la operación que hizo Verón y que podría ser perjudicial.
Este había vendido, sin autorización judicial, por 400 mil dólares un crédito que Bipsa tenía en Cipasa.
Verón en un informe a la Corte asegura que no vendió derechos en la operación hecha entre la quiebra de Bipsa y la firma Malger SA.
Dice que se trató del cobro de un crédito a favor de la entidad fallida, que no necesitaba de orden judicial y por eso lo hizo a través de una escritura pública.
Sin embargo, el argumento de Verón es falso, porque lo que hizo es vender un crédito de Bipsa a Malger.
Hubiera sido diferente si Cipasa le pagaba la deuda. En consecuencia, era indispensable la autorización judicial.
Los créditos cuando deban ser percibidos en condiciones distintas a las normales, como finalmente ocurrió en Bipsa, requieren necesariamente orden judicial.
Verón no tuvo en cuenta el artículo 144 de la ley de quiebras que le obliga a requerir la autorización judicial para transigir.
La transacción es un acto jurídico bilateral, por el cual las partes, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas.
Los antecedentes revelan que el 27 de diciembre de 2007, ante la escribana Nancy Del Carmen Marecos de Bergottini, se constituyeron el entonces síndico general, Amado Verón, en representación de Bipsa, y el abogado Pedro Ruiz Balsamina, como "gestor de negocio ajeno".
El abogado Gerardo Meza, del Banco Central del Paraguay, había pedido al juez Hugo Morán que solicite informes al síndico Ernesto Ocampos sobre la operación que hizo Verón y que podría ser perjudicial.