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Existen diferentes formas de clasificar los derechos humanos, pero la más aceptada es la propuesta por Karel Vasak en 1979, que consiste en dividirlos en tres generaciones, siguiendo los principios de libertad, igualdad y fraternidad. Los de primera generación son
Recordemos que
.los derechos humanos son aquellas libertades, facultades o valores básicos que, de acuerdo con diversas filosofías y fundamentaciones, corresponden a toda persona por el mero hecho de su naturaleza y condición humana, para la garantía de una vida digna.
llamados Derechos Absolutos. A continuación estudiaremos su origen, qué tipos de derechos comprende y algunos ejemplos prácticos.
Las tres generaciones
Antes de ahondar en los derechos humanos de primera generación, conozcamos a qué se refiere cada generación:
1. Primera generación: Derechos humanos absolutos. Son los más antiguos en su desarrollo normativo.
2. Segunda generación: Incluye los derechos de tipo colectivo, sociales, económicos y culturales. Constituyen una obligación del Estado y son de satisfacción progresiva de acuerdo a las posibilidades del mismo. Algunos de estos derechos son: a la salud, a un salario justo, a formar parte de la vida cultural.
3. Tercera generación: Surgen de la necesidad de colaboración entre las naciones. Está conformado por los derechos denominados de los pueblos o de solidaridad: derecho a la paz, al desarrollo, al medioambiente, a la coexistencia pacífica.
Primera generación
Origen: Los derechos de la primera generación tienen su origen en el siglo XVIII con la Revolución francesa como reacción contra el absolutismo del monarca. Las luchas ejecutadas por el pueblo llano se dan también en América del Norte, reflejando el descontento ante gobiernos tiránicos.
Derechos que comprende: Derechos y libertades fundamentales y derechos civiles y políticos, también denominados libertades clásicas. Estos derechos corresponden al individuo e imponen al Estado el respeto de los derechos fundamentales: la vida, la libertad, la igualdad; y pueden ser limitados solamente en los casos y bajo las condiciones previstas en la constitución de cada país. Su reclamo corresponde a cada individuo.
DIBUJO DE NELSON, ARCHIVO
Epígrafe: La libertad de reunión y asociación es un derecho fundamental que forma parte de los llamados derechos humanos de primera generación.
Los derechos y las libertades fundamentales expresan que:
- Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
- Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
- Nadie estará sometido a la esclavitud ni a la servidumbre.
- Nadie será sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se podrá hacer daño físico, psíquico o moral.
- Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni con ataques a su honra o reputación.
- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
- En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
- Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión de ideas.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Los derechos políticos y civiles establecen que:
- Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
- Todos somos iguales ante la ley, a todos debe aplicarse de igual manera.
- Toda persona tiene derecho al juicio de amparo.
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso, ni desterrado.
- Toda persona tiene derecho a ser oída y tratada con justicia por un tribunal imparcial.
- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
- La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones autenticas.
Ejemplos: Los derechos políticos al voto y a ser electo: toda persona puede ocupar un cargo de elección popular, así como a votar por el candidato de su preferencia, en forma libre, secreta y directa; el derecho de reconocimiento de la personalidad jurídica: todo ser humano tiene derecho a un nombre, un domicilio y un estado civil; el derecho fundamental de la libertad de tránsito: todo ciudadano puede circular libremente por su país.
Recordemos que
.los derechos humanos son aquellas libertades, facultades o valores básicos que, de acuerdo con diversas filosofías y fundamentaciones, corresponden a toda persona por el mero hecho de su naturaleza y condición humana, para la garantía de una vida digna.
llamados Derechos Absolutos. A continuación estudiaremos su origen, qué tipos de derechos comprende y algunos ejemplos prácticos.
Las tres generaciones
Antes de ahondar en los derechos humanos de primera generación, conozcamos a qué se refiere cada generación:
1. Primera generación: Derechos humanos absolutos. Son los más antiguos en su desarrollo normativo.
2. Segunda generación: Incluye los derechos de tipo colectivo, sociales, económicos y culturales. Constituyen una obligación del Estado y son de satisfacción progresiva de acuerdo a las posibilidades del mismo. Algunos de estos derechos son: a la salud, a un salario justo, a formar parte de la vida cultural.
3. Tercera generación: Surgen de la necesidad de colaboración entre las naciones. Está conformado por los derechos denominados de los pueblos o de solidaridad: derecho a la paz, al desarrollo, al medioambiente, a la coexistencia pacífica.
Primera generación
Origen: Los derechos de la primera generación tienen su origen en el siglo XVIII con la Revolución francesa como reacción contra el absolutismo del monarca. Las luchas ejecutadas por el pueblo llano se dan también en América del Norte, reflejando el descontento ante gobiernos tiránicos.
Derechos que comprende: Derechos y libertades fundamentales y derechos civiles y políticos, también denominados libertades clásicas. Estos derechos corresponden al individuo e imponen al Estado el respeto de los derechos fundamentales: la vida, la libertad, la igualdad; y pueden ser limitados solamente en los casos y bajo las condiciones previstas en la constitución de cada país. Su reclamo corresponde a cada individuo.
DIBUJO DE NELSON, ARCHIVO
Epígrafe: La libertad de reunión y asociación es un derecho fundamental que forma parte de los llamados derechos humanos de primera generación.
Los derechos y las libertades fundamentales expresan que:
- Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
- Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
- Nadie estará sometido a la esclavitud ni a la servidumbre.
- Nadie será sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se podrá hacer daño físico, psíquico o moral.
- Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni con ataques a su honra o reputación.
- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
- En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
- Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión de ideas.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Los derechos políticos y civiles establecen que:
- Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
- Todos somos iguales ante la ley, a todos debe aplicarse de igual manera.
- Toda persona tiene derecho al juicio de amparo.
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso, ni desterrado.
- Toda persona tiene derecho a ser oída y tratada con justicia por un tribunal imparcial.
- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
- La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones autenticas.
Ejemplos: Los derechos políticos al voto y a ser electo: toda persona puede ocupar un cargo de elección popular, así como a votar por el candidato de su preferencia, en forma libre, secreta y directa; el derecho de reconocimiento de la personalidad jurídica: todo ser humano tiene derecho a un nombre, un domicilio y un estado civil; el derecho fundamental de la libertad de tránsito: todo ciudadano puede circular libremente por su país.