La enfermedad del alcoholismo

Ante la falta de un estudio serio y ajeno a comerciantes que defiendan sus negocios, esta enfermedad se está haciendo cada vez más común e insostenible.

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Y que quede claro que no estoy en contra del alcohol, es la enfermedad del alcoholismo la que me tiene muy preocupada.

El alcohol es un excelente solvente, pero no para el cuerpo humano, y si no, que se realice una investigación más profunda sobre las muertes súbitas en personas "aparentemente" sanas. Seguro que al hacer un relevamiento de datos a los familiares encontramos respuestas como: "Sí, tomaba algunas copitas en los festejos familiares" o "y... sí, a veces después del fútbol, con los muchachos", o "llegaba cansada de la ofi y se tomaba unas latitas para relajarse y dormir mejor".

El alcoholismo es una enfermedad familiar y el síntoma principal es el de la negación. Nadie asume que tiene la enfermedad en la casa y con esto permite que continúe su proceso, y por supuesto, en su trayectoria van cayendo varios inocentes indirectamente afectados, madres, hijos, parejas, la sociedad. 

¿Será que entre los proyectos futuros de nuestro sistema de salud se tiene previsto más centros especializados para tratamientos de la cirrosis?

En países del Mercosur, como Argentina, ya se están tomando medidas diferentes, y a continuación comparto unos párrafos de la Ley de Lucha contra el Alcoholismo:

 
Alcoholismo en prepagas y obras sociales

También resulta útil conocer que el artículo 12 de la Ley obliga a las obras sociales y a las entidades de medicina prepaga a reconocer la patología del consumo de alcohol en la cobertura para los tratamientos médicos, farmacológicos y/o psicológicos, ya que el alcoholismo entra en la Clasificación Internacional de Enfermedades declaradas por el Comité de Expertos de la Organización Mundial de la Salud.

De esta manera, deberán brindar a los pacientes alcohólicos la asistencia y rehabilitación que su estado requiera, como asimismo encarar acciones de prevención primaria.

Severas sanciones

Siempre se dice que para que una norma sea efectiva tiene que existir claridad en cuanto a las penas establecidas para quienes la infrinjan y sistemas de control para ver que se cumplan.

En este caso, quien infrinja el citado artículo 7, será reprimido con prisión de seis meses a dos años y con una multa de dos mil a veinte mil pesos. Además, se impondrá la clausura del local donde se realicen los hechos, por un término de hasta treinta días y, lo más significativo: "En caso de reincidencia la clausura del local será definitiva".

Además, la ley establece que si como consecuencia del hecho se produjera la muerte de alguna persona, la pena será de dos a cinco años de prisión, y si hubiera lesiones la pena será de uno a cuatro años de prisión. Mientras que si la víctima del hecho resultare un menor de dieciocho años de edad, la pena máxima se elevará en un tercio. En estos casos, se producirá además la clausura definitiva del local.

 

Todas estas medidas buscan evitar o controlar una situación que resulta preocupante y que, en estos momentos, causa la muerte y adicción de infinidad de chicos en nuestro país.

Gracias por cederme este espacio de opinión pública para compartir mi preocupación que, seguro, es de muchos.

Mary de Benítez

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