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1-CONCEPTO: Las sociedades son "personas jurídicas" creadas por ley, capaces de adquirir derechos, y contraer obligaciones. El art. 959 del Código Civil expresa que mediante un contrato de sociedad, dos o más personas se unen creando un sujeto de derecho, se obligan a realizar aportes para producir bienes y servicios en forma organizada, participando de los beneficios y soportando las pérdidas; en otras palabras, para crear una sociedad, las personas se reúnen y marcan las pautas para el manejo de la sociedad y eso queda reflejado en un "contrato" que, una vez formalizado por escritura pública, es lo que se denomina "estatutos sociales". Cabe señalar que nuestro Código Civil considera a la sociedad como una empresa, teniendo en cuenta justamente la inclusión del término "organización" dentro de la definición.
2-TIPOS DE SOCIEDADES:
a) Sociedad simple: Es aquella en donde dos o más personas se juntan y se organizan para desarrollar actividades personales en forma conjunta, donde prevalece el trabajo. Características: 1) Puede estar formada por profesionales de distintas áreas, abogados, contadores, economistas. 2) No pueden desarrollar ninguna actividad comercial porque no son sociedades comerciales. 3) Responden ante terceros hasta el límite de su capital social, o sea, hasta la suma del capital aportado por los socios.
b) Sociedad colectiva: Es la que está formada por dos o más personas, en donde las condiciones personales de los asociados son fundamentales, porque todos tienen una activa participación en la sociedad y son responsables por lo que realizan los demás socios; es decir, tanto los socios administradores como los no administradores responden son sus bienes. Características: 1) Agrupación de personas con los mismos deberes, derechos y obligaciones. 2) Se rigen por el Código Civil. 3) La administración de la sociedad puede estar a cargo de cualquiera de los socios.
c) Sociedad en comandita simple: Es la que está formada por dos o más personas bajo una razón social. Características: 1) Existen dos categorías de socios: 1.1 De los socios colectivos, quienes responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones de la sociedad, teniendo a su cargo la administración de la sociedad. 1.2 De los socios comanditarios, quienes responden por las obligaciones de la sociedad hasta el límite de sus aportes. 2) Los aportes de los socios están representados por "cuotas", no por acciones. 3) La sociedad debe tener al menos el nombre de un socio colectivo con la frase "sociedad en comandita simple" o caso contrario, debe tener la palabra "compañía" cuando en ella no figuran los nombres de todos los socios colectivos.
d) Sociedad en comandita por acciones: Esta sociedad también está constituida por los dos tipos de socios al igual que la sociedad en comandita simple. Características: 1) Los aportes de los socios están representados por "acciones". 2) En las asambleas participan los socios colectivos y comanditarios. 3) La administración de la sociedad la tienen los socios colectivos. 4) El nombre de uno o de todos los socios colectivos deben figurar en la denominación social, además la de contener la sigla S.C.A. La omisión de esta indicación hará responsable ilimitada y solidariamente al administrador juntamente con la sociedad.
CUESTIONARIO
a) ¿Qué son las sociedades? ¿Por qué el Código Civil considera empresa a las sociedades?
b) Cite las características de las sociedades simples.
c) ¿Por qué se denomina sociedad colectiva?
d) ¿Cuáles son las diferencias entre las sociedades en comandita simple y las sociedades en comandita por acciones?
Continuará en la próxima edición
2-TIPOS DE SOCIEDADES:
a) Sociedad simple: Es aquella en donde dos o más personas se juntan y se organizan para desarrollar actividades personales en forma conjunta, donde prevalece el trabajo. Características: 1) Puede estar formada por profesionales de distintas áreas, abogados, contadores, economistas. 2) No pueden desarrollar ninguna actividad comercial porque no son sociedades comerciales. 3) Responden ante terceros hasta el límite de su capital social, o sea, hasta la suma del capital aportado por los socios.
b) Sociedad colectiva: Es la que está formada por dos o más personas, en donde las condiciones personales de los asociados son fundamentales, porque todos tienen una activa participación en la sociedad y son responsables por lo que realizan los demás socios; es decir, tanto los socios administradores como los no administradores responden son sus bienes. Características: 1) Agrupación de personas con los mismos deberes, derechos y obligaciones. 2) Se rigen por el Código Civil. 3) La administración de la sociedad puede estar a cargo de cualquiera de los socios.
c) Sociedad en comandita simple: Es la que está formada por dos o más personas bajo una razón social. Características: 1) Existen dos categorías de socios: 1.1 De los socios colectivos, quienes responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones de la sociedad, teniendo a su cargo la administración de la sociedad. 1.2 De los socios comanditarios, quienes responden por las obligaciones de la sociedad hasta el límite de sus aportes. 2) Los aportes de los socios están representados por "cuotas", no por acciones. 3) La sociedad debe tener al menos el nombre de un socio colectivo con la frase "sociedad en comandita simple" o caso contrario, debe tener la palabra "compañía" cuando en ella no figuran los nombres de todos los socios colectivos.
d) Sociedad en comandita por acciones: Esta sociedad también está constituida por los dos tipos de socios al igual que la sociedad en comandita simple. Características: 1) Los aportes de los socios están representados por "acciones". 2) En las asambleas participan los socios colectivos y comanditarios. 3) La administración de la sociedad la tienen los socios colectivos. 4) El nombre de uno o de todos los socios colectivos deben figurar en la denominación social, además la de contener la sigla S.C.A. La omisión de esta indicación hará responsable ilimitada y solidariamente al administrador juntamente con la sociedad.
CUESTIONARIO
a) ¿Qué son las sociedades? ¿Por qué el Código Civil considera empresa a las sociedades?
b) Cite las características de las sociedades simples.
c) ¿Por qué se denomina sociedad colectiva?
d) ¿Cuáles son las diferencias entre las sociedades en comandita simple y las sociedades en comandita por acciones?
Continuará en la próxima edición