Apertura de una sociedad de responsabilidad limitada

Para abrir una sociedad de responsabilidad limitada (SRL), en primer lugar, se deberá concurrir a una escribanía para la redacción del estatuto social y de la escritura de constitución y formalizar el aporte de capital. Luego, en las oficinas de los registros públicos se debe realizar la inscripción de dicha escritura, inscribir la sociedad en la matrícula de comerciante y hacer rubricar los libros contables. En tercer lugar se deberá cumplir con la inscripción de la empresa en la Dirección de Apoyo del Ministerio de Hacienda.

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Posteriormente se deberá obtener la patente municipal y, si cuenta con personal en relación de dependencia, deberá realizar la inscripción patronal en el Instituto de Previsión Social (IPS) y en el Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT).

Escritura de constitución y aporte de capital

Los trámites comenzarán en una escribanía, donde se procederá a la redacción de la escritura de constitución, que contendrá el estatuto social por el que se regirá la sociedad. Entre otras cosas, en la escritura de constitución debe establecerse el capital de la empresa. Para este tipo de empresa no se ha establecido un capital mínimo, con excepción de ciertas actividades, como por ejemplo, la importación y la exportación para las cuales el capital mínimo es de 10.000.000 de guaraníes.


Los aportes de capital que se realicen en efectivo, se deberán integrar con un mínimo del 50%, mediante depósito en el Banco Central del Paraguay (BCP). Dicha suma podrá ser retirada una vez realizada la inscripción en el Registro Público de Comercio. El resto del aporte en efectivo debe integrarse en un plazo máximo de dos años.


En cambio, los aportes de capital en bienes deben integrarse totalmente. Si los bienes son registrables (inmuebles, automóviles), se debe presentar al escribano los documentos de propiedad de los mismos y el correspondiente certificado de libre disponibilidad de bienes, que se solicita en la Dirección General de la propiedad. El escribano documentará la transferencia de los bienes a nombre de la empresa, en el plazo de 2 años, contados a partir de la fecha de la escritura de constitución. Si los bienes aportados son mercaderías, muebles y útiles, herramientas u otros bienes no registrables, se deberá presentar al escribano las correspondientes facturas de compra.

Las inscripciones en los registros públicos se realizan en la Dirección General de los Registros Públicos. La duración aproximada del trámite es de 15 a 30 días.

Es preciso realizar la inscripción en el Registro Público de Comercio y en el Registro Público de Personas Jurídicas. El trámite de inscripción de la constitución de la sociedad en estos registros lo realizará comúnmente el escribano, quien se encargará de solicitarla por medio de una nota dirigida al Sr. Juez de turno, firmada por el representante legal de la sociedad en formación. Una vez abonada la inscripción, se deberá realizar la publicación de un resumen del acto constitutivo de la empresa en la Gaceta Oficial y en un diario de gran circulación.


Una vez solicitado el caso anterior, se podrá solicitar la matrícula de comerciante, mediante una carta dirigida al Sr. Juez de turno, conteniendo los datos de la sociedad y firmada por un abogado patrocinante y el representante legal de la sociedad. Para obtener la matrícula de comerciante se deberán pagar las tasas correspondientes.


Una vez obtenida la matrícula de comerciante, se deberá presentar una carta dirigida a la Dirección General de los Registros Públicos solicitando la rúbrica del libro diario y del libro inventario. Dicha carta debe estar firmada por un abogado patrocinante y acompañada de: libro diario y libro inventario (estos libros se venden en librerías), fotocopias de la matrícula de comerciante; fotocopia de cédula de identidad legalizada del representante.

Inscripción en la Dirección de Apoyo del Ministerio de Hacienda para obtener RUC

REQUISITOS

Solicitud de inscripción de personas jurídicas.

Llenar formulario de ubicación de domicilio.

Cédula de identidad.

Escritura de constitución.

Recibos de publicaciones y gaceta y periódico.

Comprobante de constatar domicilio.

Boleta de depósito del capital en el BCP.

Próxima entrega: Requisitos comunes para todos los tipos de empresas.
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