¿Salís de vacaciones?

Más que contentos, padre e hijo van acomodando las cosas en el auto, preparando el viaje programado. Hay que ser cuidadosos con el espacio, ya que llevan un montón de bolsos y hasta una pequeña maleta. No pueden faltar, además de lo obvio como la ropa, documentos y desde luego medicamentos previniendo cualquier trastorno, algunas cosas para comer evitando así demasiados gastos. También el vehículo tuvo un mantenimiento completo apenas la semana pasada, por lo que el operativo vacaciones de la familia Giménez está en plena marcha.

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Esta situación replicará miles de veces durante los meses de enero y febrero en nuestro país. Es el periodo donde la mayor parte de los trabajadores en situación de dependencia con hijos menores piden su descanso anual, para compartirlo en familia. Cuando coinciden los meses de receso escolar con la posibilidad de que papá y mamá puedan pedir permiso en el trabajo, todo está bien.

Llevados por distintas razones, otros trabajadores pedirán sus vacaciones en una época diferente. Si bien la legislación es clara en cuanto al periodo en que deben tomarse, existe una flexibilidad para ambas partes que facilita mucho la cuestión. Ahora bien, las actividades que realice cada persona, sola o en familia, dependerán además del tiempo de que dispone, capacidad económica y de la forma en que haya previsto oportunamente encarar este periodo.

El Código Laboral Paraguayo, Ley 213 del ‘93, define con mucha claridad el derecho a este merecido periodo de descanso del trabajador. De esta forma, se resguarda el interés que representa la calidad de vida de las personas, que a su vez redunda en beneficios no solamente para quien descansa sino también para el empleador por la mejora en la calidad del servicio prestado. Es, en este sentido, una relación ganar-ganar.

Hagamos memoria un momento: el derecho a las vacaciones de ninguna forma se dio de forma espontánea. Es una reivindicación genuina, consecuencia de muchos años de reclamos y luchas, por un lado, como también de estudios y análisis. No se debe perder de vista que las realidades sociales sufren alteraciones a través del tiempo.

La ley actual, redactada en términos más beneficiosos para el trabajador, derogó la anterior Ley 729 del año 1.961, redactada y promulgada durante la dictadura, de acuerdo a la forma en que se hacían las cosas entonces. En lo que hace a las vacaciones pagadas, el periodo establecido era menor al actual. Pero, tanto en democracia como bajo la mano férrea de Stroessner, Paraguay está aplazado en el cumplimiento de las leyes laborales.

Las vacaciones anuales, comprendida entre los beneficios que otorga un contrato formal de trabajo, no es algo de lo que disfruten la mayoría de los trabajadores. Casi la mitad de la fuerza laboral del país gana menos del salario mínimo. El trabajo precario, la falta de estabilidad y la baja remuneración impiden a estas personas no solamente gozar del beneficio de las vacaciones, sino tampoco de la previsión social, aguinaldo ni otros.

En el interior es más que común, y aún en las ciudades y pueblos donde debería haber mayor control: Muchos empleadores no pagan el salario mínimo, mucho menos otorgan otros beneficios derivados de un contrato formal. Tampoco los trabajadores se capacitan suficientemente ni conocen bien sus derechos para reclamar mejores condiciones. Lo que se dice: un problema de doble vía.

Mientras solamente unas 300 mil personas perciban el salario mínimo en Paraguay, es decir, menos del 20% de los asalariados, no resiste ninguna lógica pretender cambiar las condiciones legales del trabajo en este momento. Un parlamentario, sin ningún antecedente en materia laboral, presentó hace poco un proyecto para reducir las horas de trabajo. Carente de cualquier clase de fundamente basado en una investigación previa, su aporte pinta más bien a oportunismo ordinario y buscando algún tipo de repercusión mediática.

En Paraguay más de 600 mil personas que trabajan ganan menos que el salario mínimo cada mes. A esto se suman los peligros y complicaciones del trabajo precario, muchas veces realizado en condiciones antihigiénicas y dependiendo del clima. Así, pretender establecer condiciones similares a las de países del primer mundo, pero sin hacer el recorrido previo de los mismos, es absurdo. Además, otras asimetrías brutales hacen imposible pretender siquiera establecer comparaciones.

Desde el sector público, es relevante fomentar tanto la inversión extranjera como también la potenciación del sector privado como el mayor generador de empleos formales. Del mismo modo, el gobierno debe facilitar condiciones para que tanto los profesionales independientes, trabajadores cuentapropistas como también las Mipymes operen con agilidad.

Queremos millones de familias Giménez preparando sus bultos para salir de vacaciones, pagando las cuotas de un terreno, los gastos de la facultad de los hijos y también previendo una jubilación digna. Para eso, es necesario trabajar más y no menos. También, hacer respetar el salario establecido y no pretender derogarlo, cuando que no se cumple luego. El Paraguay se merece mucho más que una oposición populista de palabras, pero perezosa cuando tiene que actuar, y un oficialismo que promete mucho, pero más molesta en el camino que deja pasar.

Como grandes generadoras de trabajo, esperemos que a las Mipymes realmente les sirva la promulgación de la ley 7444/25, que modifica y amplía varios artículos de la anterior. Especialmente en su reglamentación, porque somos expertos en hacer buenas leyes que luego no cumplimos. Y como pedido superadelantado para los Reyes Magos gira 2026, que los legisladores se ocupen menos de ubicar en los “cargos de confianza” a sus parientes y más de los miles de paraguayos que merecen un trabajo digno.

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