El peligro de banalizar una ley

La labor de los periodistas suele ser molestosa –por decir lo menos– para aquella gente que tiene algún chanchullo que ocultar. Nada resulta más desestabilizador para los corruptos que el ejercicio libre del periodismo comprometido con la verdad, al servicio de su comunidad, de su país.

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Para muchos políticos, funcionarios, y bandidos de toda laya, un mundo sin periodistas les resultaría más cómodo. Ya por algo lo primero que hacen los regímenes autoritarios y antidemocráticos es suprimir la prensa; la prensa independiente, por supuesto, y valga la aclaración porque también existe la prensa alquilada y periodistas funcionales a intereses que no precisamente responden al bien común.

La reflexión viene a cuento de un par de incidentes ocurridos la semana pasada en Itapúa, e involucra a los periodistas Fredy Chamorro, Hernán Núñez y Álvaro Báez, de una radioemisora de Tomás Romero Pereira, y al comunicador Fredy Leiva, de Mayor Otaño, a quienes les fue aplicada como mordaza una norma legal creada para la protección integral de las mujeres, la Ley 5.777/2016.

En el primero de los casos, ante las críticas periodísticas sobre la crisis sanitaria que afecta al distrito de Romero Pereira y la precariedad de medios del centro asistencial local para dar respuesta a la situación, su directora, Dra. Teresita Vega, interpuso una acción fundada en la ley 5.777.

La otra situación afecta al comunicador Fredy Leiva, de Mayor Otaño, denunciado por una concejala municipal de dicho distrito, Lourdes López (PLRA), también en los términos de la ley 5.777, como correlato de una denuncia penal por un supuesto sorteo irregular de un automóvil, que afecta a la concejala.

Sobre los cuatro pesan ahora sendas órdenes judiciales dictadas por las juezas Vilma Saucedo y Laura Imas, respectivamente, en las que se prohíbe a los trabajadores de prensa referirse a sus demandantes, bajo advertencia de dar intervención al Ministerio Público.

Si bien ambas accionantes tienen la libertad de recurrir a los argumentos que les parece más eficaces para lograr su propósito, los magistrados que analizan y aplican las medidas deberían cuidar de no banalizar una herramienta tan importante como es la ley 5.777, desviando su principal propósito: “... garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia” (art 2º) y no acallar voces molestas en su calidad de funcionarios o representantes públicos.

Ya sobradas nefastas experiencias tenemos con el malhadado “fuero parlamentario” empleado como escudo por diputados y senadores corruptos, en desmedro de la justicia y del interés común.

jaroa@abc.com.py

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