CGR “reprende” al Cones por seguir habilitando facultades de medicina

La Contraloría observó al Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) por seguir habilitando facultades de medicina pese a la insuficiente cantidad de campos de prácticas para estudiantes. El ente de control dice que la entidad incumple varios artículos de su propia resolución 190/20.

Resumen de los hallazgos de la Contraloría durante la Fiscalización Especial Inmediata (FEI) en el Consejo de Educación Superior.GENTILEZA
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“El CONES siguió habilitando facultades de medicina, pese a la insuficiente cantidad de campos de prácticas para estudiantes, igualmente, se evidenció la falta de un registro actualizado por parte del CONES con relación al número total de la capacidad de recepción de los estudiantes de la carrera de medicina. Dicha situación evidenció el incumplimiento de su propia Resolución 190/20 ‘Reglamento para los Centros Médicos Asistenciales que acompañan los procesos académicos de las entidades de Educación Superior sujetas a la Ley N° 4995/13′, en sus artículos 1°; 3° inc. f) y 6°” (sic).

Es lo que señala en forma tajante el informe anual de la Contraloría General de la República (CGR) entregado el 30 de agosto pasado en el Congreso. La documentación afirma que dicha observación es el resultado de la Fiscalización Especial Inmediata (FEI) realizada en el Consejo Nacional de Educación Superior (Cones).

El ente de control igualmente dice que se evidenció la falta de control y seguimiento en los mecanismos de verificación de las pasantías y prácticas de los estudiantes de medicina por parte del Cones, incumplimiento a lo establecido en la resolución Cones N° 190 del 21 de mayo de 2020.

Agrega que tampoco dio seguimiento a la Universidad Autónoma San Sebastián, cuya carrera de medicina fue clausurada por resolución Cones N° 120/17, incumpliendo lo establecido en la resolución Cones N° 166 del 22 de octubre de 2015 “Que reglamente la Ley N° 4955/13 Educación Superior”, en la Sección IV. De las inspecciones a entidades sujetas a la ley de educación superior, en sus artículos 15 y 16.

Sobre esta situación, la Contraloría indica que a través de la Dirección General de Asesoría Jurídica (DGAJ) ya se presentó escrito de denuncia con Mesa de Entrada N° 9178 del 27 de junio de 2023 ante la Fiscalía General del Estado.

El ente de control asimismo señala que se evidenció la falta de actualización de los proyectos académicos de las carreras de medicina de las universidades habilitadas por la Ley N° 136/93 ante el Cones, conforme la resolución Cones N° 116/17, artículos 1°, 3° inciso f y artículo 7°.

“Falta de seguimiento por parte del CONES a la actualización de la documentación de la carrera de medicina de la Universidad María Auxiliadora (Umax) incumpliendo con la resolución CONES N° 116 del 24 de marzo de 2017, artículos 1°, 3° inc. f) y artículo 7°” (sic), se describe como otro hallazgo.

Agrega que el Consejo Nacional de Educación Superior habilitó la carrera de medicina en la Universidad Internacional Tres Fronteras (Uninter), de la filial Pedro Juan Caballero, con plano de infraestructura sin fecha de aprobación por la Municipalidad de la mencionada ciudad.

Sugerencia del MSP

El ente de control dice que se habilitó una facultad sin la fecha de aprobación de planos.

La resolución Cones 190/20 del 21 de mayo de 2020 efectivamente señala en su considerando que el Ministerio de Salud Pública por nota N° 0337/2020 de fecha 11 de marzo de 2020 remitió un informe explicativo sobre la situación actual y capacidad de los servicios para campos de prácticas de estudiantes por cada Región Sanitaria. Mediante el documento se evidenció que las capacidades se hallan sobremanera excedidas, y para dicho efecto propone y sugiere expresamente: “...no autorizar la habilitación de carreras de medicina ofertadas por las instituciones formadoras a nivel país”.

Sin registro, dice ente de control

El ente de control dice que también detectó la falta de registro de los Centros Médicos Asistenciales, Estudiantes y Tutores por parte del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), según lo establece la Resolución Cones N° 190/20, “Reglamento para los Centros Médicos Asistenciales que acompañan los procesos académicos de las Entidades de Educación Superior”, en su artículo 5°.

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