El TEDH condena a Moldavia por impedir unas caricaturas irónicas contra la discriminación

París, 25 jun (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo ha condenado a Moldavia por haber impedido una campaña contra la discriminación que utilizaba caricaturas irónicas de homosexuales, gitanos o personas con discapacidades en los espacios publicitarios municipales de la capital, Chisináu.

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En una sentencia publicada este martes, los jueces europeos dan la razón al Consejo Nacional de la Juventud de Moldavia, al que se prohibió utilizar los carteles del Ayuntamiento para lanzar una iniciativa de promoción de un número de asistencia gratuita contra la discriminación por lo controvertido de las caricaturas.

En concreto, el Ayuntamiento rechazó en enero de 2012 la exhibición de los carteles propuestos por una coalición de ONG, de la que formaba parte el Consejo Nacional de la Juventud de Moldavia, después de haber consultado con una asociación de gitanos y otra de personas con discapacidades, que habían manifestado su oposición.

Los dibujos representaban a dos hombres que iban de la mano, a un hombre negro, a una anciana, a una mujer embarazada, a una persona en silla de ruedas y a una pareja de gitanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) justifica en primer lugar la legitimidad de utilizar la sátira, que "es una forma de expresión artística y de comentario social que pretende naturalmente provocar y conmover para contribuir al debate público".

Sobre todo, hace hincapié en que el objetivo de la campaña "no era insultar, ridiculizar o estigmatizar a las categorías vulnerables de la población o promover de forma insidiosa un discurso de odio o de intolerancia".

Por el contrario, el TEDH insiste en que las caricaturas constituyen "precisamente un medio para llamar la atención del público sobre los estereotipos que hay en la sociedad y sobre las discriminaciones que sufren las categorías vulnerables".

Y eso precisamente cuando con la campaña se trataba de que esos colectivos hicieran valer sus derechos.

Para los jueces europeos, no se puede pretender que el mensaje que se iba a transmitir fuera el inverso del que las ONG que concibieron las caricaturas le habían dado. Por eso estiman que los jueces moldavos que dieron el visto bueno a la prohibición municipal erraron al conferir "una importancia exclusiva" a las organizaciones que no querían que se divulgaran.

Es decir, que no se tuvo en cuenta el contexto, en particular el debate que se había producido en Moldavia con un proyecto de ley contra la discriminación en 2011 que fue retirado del Parlamento al cabo de unas semanas en medio de polémicas sobre el concepto de "orientación sexual" y sobre la cuestión de la homosexualidad.

En definitiva, para el TEDH la injerencia que supuso esa prohibición en la libertad de expresión de las ONG que lanzaron la campaña es una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos, entre otras cosas porque podría tener un efecto disuasorio sobre los modos de expresión satíricos en debates sociales.

La simple constatación de esa violación ya se considera una satisfacción justa para la organización demandante por los daños morales. No obstante, Moldavia le tendrá que pagar 2.500 euros en concepto de costas judiciales.

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