Estamos en plena temporada alta de viajes. Estos meses son la época predilecta de las personas para organizar una escapada de días al extranjero y algunas incluso planean con mucha anticipación las vacaciones para que cuando lleguen diciembre y enero solo tengan que agarrar las maletas y emprender rumbo al destino elegido.
Pero en medio de la emoción por llevar a los niños a conocer un nuevo lugar, no se le debe escapar un pequeño y gran detalle: los menores necesitan el permiso de sus dos padres para salir del país.
Si uno de los dos no accede a firmar voluntariamente el permiso, existen alternativas de papeleo que usted puede tramitar para poder llevar a los pequeños de vacaciones sin tener inconvenientes con la Justicia.
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La opción más sencilla es el acuerdo
La primera opción es la más sencilla para todas las partes y se da cuando el papá y la mamá están de acuerdo con la salida del niño o adolescente del país, pues el viaje es de ida y vuelta.
En este caso se debe recurrir al Juzgado de Paz de la jurisdicción donde vive el menor.
En esta dependencia se solicitará a los progenitores todos los documentos de identidad del menor. Luego, el juez emite un formulario especial de autorización, que es completamente gratuito.
Una vez que se tiene la firma del juez de paz, este formulario se legaliza, también en forma gratuita, en las sedes principales del Poder Judicial, tanto de la Capital como de otras ciudades de nuestro país.
Legalización y apostillado
El siguiente paso es apostillar el documento en la dependencia de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. En este lugar, el trámite en sí tiene un costo que varía según el país al que el menor viajará.
Según la acordada de la Corte Suprema de Justicia Nº 1.654/21, en caso de que el padre o la madre estén pasando por una situación “insuperable y justificada” que le impida llegar al Juzgado de Paz para firmar el permiso, por estar enfermo, privado de su libertad o en el exterior, puede excepcionalmente prestar su consentimiento por medios telemáticos.
En caso de que, en definitiva, uno de los dos padres se oponga a dar su consentimiento para que el menor viaje, el otro progenitor tiene la opción de solicitarlo con un abogado particular del Ministerio de Defensa Pública.
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Se busca el acuerdo y se emite sentencia
En este caso, se hace una audiencia para escuchar la versión de ambas partes y luego se decide por sentencia si el pequeño viaja o no.
También puede darse la situación de que desde hace tiempo no se sepa nada del otro progenitor. En este caso, se sigue el mismo procedimiento citado en el anterior párrafo con el Ministerio de Defensa, pero se agregan dos testigos que confirmen que el otro padre está ausente. Luego, se hace una audiencia y se decide por sentencia la viabilidad del viaje.
En ambos casos citados anteriormente se debe agregar la sentencia, la legalización y el apostillado correspondientes.
Qué hacer en caso de niños bajo guarda
Si el niño o adolescente que debe realizar el viaje está al cuidado de otra persona por orden judicial, es decir si se encuentra bajo guarda o abrigo temporal, igualmente se debe contactar con la Defensoría Pública para que en este lugar le guíen en el trámite más adecuado según el caso.
Si el viaje que se pretende hacer es con fines de que el menor se radique en el extranjero, este sí es un proceso más extenso, porque se analiza primero con quién es más conveniente que el menor viva.
En estos casos, lo mejor es que el padre interesado en el viaje se asesore debidamente con un abogado privado o de la Defensoría Pública.
La antelación es importante
Pero, sobre todo, lo más importante es que se prepare para todos estos trámites con antelación a la fecha del viaje que desea realizar, ya que si espera a última hora, el papeleo no estará listo y no podrá salir del país con su hijo.
Además de tener en cuenta la temporada alta y el ajetreo de estas fechas, considere también dialogar con el otro progenitor para llegar a un acuerdo y así evitar el conflicto.
Además, los administradores de justicia deben analizar la situación con cuidado y la debida responsabilidad para garantizar la protección del niño o adolescente.