“No es admisible la acción penal para proteger el honor del funcionario público”, dice titular de la CIDH
No resiste el requisito de proporcionalidad la respuesta penal cuando se ejerce contra periodistas, contra personas que hacen ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. No es admisible la acción penal para proteger el honor del funcionario público. En esa situación debería recurrirse a otra vía como el derecho a rectificación o respuesta o la vía civil”, afirma el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Ricardo Pérez Manrique, de visita en nuestro país.