Santiago Peña promulga cuestionada ley del Servicio Civil y seguirán los abusos

Sin demora, el presidente Santiago Peña promulgó ayer la Ley de la Carrera Civil y la Función Pública, que fue sancionada a las apuradas por el Senado en su última sesión del año 2024. La norma, completamente desnaturalizada, permitirá que sigan los abusos de poder en el Estado y los nepobabies y da potestad al Ministerio de Economía de anular los contratos colectivos de condiciones de trabajo.

Trabajadores de Clínicas se declaran en movilización permanente contra el proyecto de Carrera de Servicio Civil. (foto archivo).gentileza
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El presidente de la República, Santiago Peña (ANR-HC), firmó ayer el decreto de la Ley N° 7445, en fecha 14 de enero, por el que promulga la nueva normativa “De la Función Pública y del Servicio Civil”. Con esto queda derogada la Ley 1626/2000 de la Función Pública.

Sin demora el mandatario aprobó la normativa que recibió a inicios de semana del Congreso Nacional, que lo sancionó a tambor batiente y sin debate en el Senado en su última sesión del año.

Entre otros puntos cuestionados, la normativa, significativamente bastardeada, permite que sigan los abusos en el Estado.

Algunos artículos cuestionados

Lo que establece la ley del Servicio Civil

La Ley promulgada por el Poder Ejecutivo permite que continúen en planillas de sueldos públicos miles de contratados, los falsos concursos por cargos, nepobabies y puestos de presunta confianza. Además, el Ministerio de Economía podrá anular los contratos colectivos de trabajo del sector estatal.

La ley también deroga la carga laboral de 48 horas a la semana, ignorada en la Ley N° 1626 con acciones de inconstitucionalidad, y formaliza la carga de solo 40 horas semanales, mientras que en el sector privado se exigen las 48 horas en el mismo lapso.

Imagen ilustrativa: el presidente Santiago Peña y distintas movilizaciones de trabajadores que generó su Gobierno.

Con los cambios de la Cámara de Diputados, entre otras cosas, pretenden que no se les corte el “chorro” a asesores y contratados. Se agregó la posibilidad de incluir en la categoría de cargos de confianza a “los directores de comisiones y de bancada del Poder Legislativo”.

En el debate legislativo en Cámara Alta se testó el posible castigo con pérdida de investidura en caso de violar la ley, tanto para incorporación de funcionarios públicos (permanentes) como empleados públicos (contratados).

También se estableció la posibilidad de puenteo a la ley para contratación de choferes y otros rubros preferidos para ubicar a hurreros de menor monta, mediante la reglamentación que realizará cada institución.

Actualmente hay leyes como la que castiga el nepotismo o la Ley “Godoy” (de Racionalización del Gasto Público) que ya impiden, por ejemplo, ubicar a parientes en cargos públicos, sin embargo, se evade mediante un artículo dentro de la ley de presupuesto anual, lo cual podría seguir haciéndose tranquilamente.

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