El proyecto de ley “que crea el Sistema Nacional unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional” figura para su tratamiento hoy como tercer punto en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados convocada para las 9:00. El Senado admitió la mayoría de las modificaciones introducidas en Cámara Alta, salvo dos: en los artículos 122 y 126, ambos vinculados al “certificado de condiciones de dominio”.
“Estamos trabajando con varias bancadas para unificar y ratificarnos en la versión Diputados”, afirmó el líder de la bancada colorada B oficialista, Hugo Meza, quién dijo que está conversando con la bancada cartista (mayoritaria en Cámara Baja) e incluso opositores para buscar la ratificación de la versión Diputados.
El diputado confesó que eliminar la exigencia del certificado de dominio es grave.
Durante el trámite previo en Cámara Baja, este punto fue la única exigencia de la bancada mayoritaria liberal (PL), que fue la que dio quórum para la aprobación de esta iniciativa, que es uno de los proyectos “estrellas” del Ejecutivo, y en su momento, incluso cartistas coincidieron y acompañaron.
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Meza enfatizó que eliminar la exigencia de “certificado de condiciones de dominio “crearía un caos jurídico y una inconsistencia en toda la parte legal de lo que se viene”, atendiendo a que precisamente uno de los mayores problemas en nuestro país es precisamente la superposición de títulos de propiedad, algo agravado con la repartija discrecional de tierras en épocas de la dictadura del Alfredo Stroessner, y los certificados de dominio son un requisito básico para buscar dilucidar la titularidad real de propiedades.
El punto central de la discusión sobre el RUN
El punto central de la discusión está en el artículo 126 de la versión Senado que plantea la posibilidad de la “Inscripción de títulos sin certificado” a cambio, “deberá abonarse una tasa dos veces mayor que la prevista por la presente ley para la inscripción de la que se trate”.
En este caso, todo dependerá de la postura de la bancada colorada cartista, que con sus 38 votos es prácticamente decisiva en cualquiera de los sentidos, puesto que por ser el último trámite y con la ratificación del Senado, requerirá de mayoría absoluta para la ratificación, según establece el artículo 207, numeral 3 de la Constitución Nacional.
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Es decir, para sancionar la versión Diputados, se necesitan 41 votos sin importar el número de presentes al momento del tratamiento.