El 25 de octubre de 2024, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Primera Sala, resolvió revocar la Sentencia Definitiva (SD) N° 135 del 27 de abril de 2023, firmada por el entonces juez interino en lo Civil y Comercial del undécimo turno de la Capital, Guillermo Trovato. A través de esta disposición se obligaba a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) a pagar más de US$ 22 millones (G. 166.000 millones) a la empresa Delcar SRL, representada por Melanio Delgado, por supuestos daños y perjuicios por pérdida de chance.
Este fallo se emitió tras una demanda presentada por la mencionada compañía y en la cual exigió inicialmente US$ 28 millones de indemnización. Delcar SRL presentó el reclamo luego de que la Dinac le revocara el 26 de mayo de 2009 su Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA), por incumplimientos de requisitos establecidos en los reglamentos de la entidad aeronáutica nacional, además de disposiciones del Código Aeronáutico.
La revocación del CESA se dio luego de un incidente en el cual estuvo involucrada la empresa Delcar SRL. La citada firma habría registrado una vetusta aeronave Boeing 737-200 con matrícula ZP-CAQ para realizar viajes internacionales, de acuerdo con los antecedentes.
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Los documentos relatan que el avión en su viaje inaugural, el 28 de marzo de 2009 (dos meses antes de la revocación de su certificado), ya sufrió un incidente que afortunadamente no pasó a mayores. Debía cumplir el itinerario Asunción-Montevideo-Asunción transportando hinchas paraguayos para un encuentro de la selección nacional con su par charrúa.
En la aeronave viajaban 80 pasajeros y salió del aeropuerto Silvio Pettirossi a las 8:08 de ese día. Tras 34 minutos en el aire posó de nuevo en pista en Asunción a las 8:42, luego de la determinación adoptada por su comandante de abortar el viaje tras localizarse desperfectos en la aeronave y que, pese a los intentos, no pudieron ser superados en vuelo, según los reportes.
Tras el incidente, saltaron otras denuncias de que el aparato tenía más horas de vuelo y estuvo por un buen tiempo inactivo en Córdoba (Argentina), precisamente por problemas técnicos. La Dinac había otorgado inicialmente el Certificado de Aeronavegabilidad a ese avión el 13 enero de 2009, por un periodo de diez meses.
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El tribunal integrado por los magistrados Valentina Núñez, Esteban Kriskovich y Guillermo Zillich concluyó en forma contundente que “la Dinac nunca restringió o pretendió impedir las operaciones de aeronaves de mayor porte, sino que fue la empresa Delcar la que no dio cumplimiento a los requisitos estándares de nivel mundial que son exigidos para el vuelo de taxi aeronaves” (sic). Por lo que la disposición fue revocar la SD del juez Trovatto que obligaba al ente aeronáutico a pagar la millonaria cifra.
Además, se rechazaba la demanda de la empresa Delcar SRL por indemnización de daños y perjuicios por su notoria improcedencia.
Lo cierto es que inmediatamente Delcar SRL volvió a recurrir a la Justicia para apelar y exigir la nulidad de esta última resolución judicial.