Nenecho incumple ley que prohíbe vapear en lugares cerrados

El Decreto Nº 4.624 del Poder Ejecutivo del año 2021, dispone que el uso de cigarrillos y vapeadores, sea únicamente en espacios al aire libre, según informó el Ministerio de Salud. Esta medida fue incumplida por el intendente cartista de Asunción, Óscar Nenecho Rodríguez que durante su confrontación con el senador Enrique Buzarquis, dentro de su despacho, vapeó según una imagen.

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El intendente de Asunción, Óscar Nenecho Rodríguez (ANR-HC), fue captado mientras vapeaba en un lugar cerrado, este martes. Se produjo en el momento que tuvo el careo frente al senador liberal, Enrique Salyn Buzarquirs que lo trató de corrupto y ladrón.

Este vapeo que está de moda en diversas edades y estatus sociales, no está permitido hacerlo en espacios que no sean al aire libre. Rodríguez lo hizo dentro de su despacho de la Municipalidad de Asunción.

Momento exacto en que Óscar Nenecho Rodríguez vapeó frente al senador Enrique Buzarquis, dentro del despacho del jefe comunal.

En el video se observa que Nenecho tiene en su mano izquierda el cigarrillo electrónico. En el minuto dos con seis segundos de la grabación que se viralizó, el cartista lleva a su boca el dispositivo y cuando Salyn dice “punto cuatro”, en el minuto dos con quince segundos, Rodríguez exhaló el humo.

Decreto prohíbe vapear en lugares cerrados

Según el Decreto Nº 4.624 del Poder Ejecutivo, la utilización de cigarrillos o vapeadores se debe hacer solo en espacios abiertos. Con esta decisión, se eliminan los espacios o áreas cerrados destinados exclusivamente a fumadores en locales gastronómicos, comerciales, bares, pubs, casinos, casas de juegos u hoteles que tengan área de fumadores.

La intención con este Decreto, es que los que consumen el tabaco con estas modalidadades, lo hagan en sitios donde no haya aglomeración o reunión de personas ni constituyan zonas de paso para no fumadores y no vaporeadores, indicaron desde el Ministerio de Salud.

Con la modificación se permitió un mejor cumplimiento del artículo 9° de la Ley N° 5538/2015 sobre los ambientes libres de humo de tabaco y permitió que Paraguay esté en igualdad de condiciones con los demás países de la región, en el marco de la protección de la salud de su población.

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