Este viernes, el juez de Garantías especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia emitió el Auto Interlocutorio Nº 331 mediante el cual resuelve desestimar la causa por cobro indebido de honorarios, administración en provecho propio y tráfico de influencias contra el “nepobaby” Alejandro “Tratito” Ovelar, hijo del senador cartista Silvio “Beto” Ovelar.
El magistrado admitió el requerimiento fiscal N.° 20 de fecha 01 de julio de 2024, remitido por los agentes fiscales Diego Arzamendia, Jorge Luis Arce Rolandi y Francisco Cabrera, mediante el cual solicitan la desestimación de la denuncia.
La Fiscalía, en su escrito, había afirmado que no se pudieron probar varios de los hechos penales por los que se investigaba al hijo del legislador colorado cartista.
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Argumentos de Fiscalía sobre desestimación
Con respecto al hecho punible de cobro indebido de honorarios, los agentes habían argumentado que no existen sospechas que hagan presumir que el “nepobaby” haya percibido remuneraciones no debidas, pues se encontraba cumpliendo las funciones para las cuales fue asignado por disposición administrativa.
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También habían concluido que “Tratito” Ovelar acudió regularmente a su lugar de trabajo, conforme al registro de las celdas utilizadas por su teléfono celular y las marcaciones registradas en la Cámara Baja.