El proyecto de ley “de pensión para niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad víctimas colaterales de feminicidio u homicidio de su progenitor en un contexto de violencia familiar” quedó sancionado y pasa al Ejecutivo para su promulgación o veto, sin que se introduzcan las modificaciones que se pretendían realizar en Cámara Baja.
Se establece como beneficiarios a “niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad víctimas colaterales de feminicidio u homicidio del progenitor, descendientes del autor del feminicidio u homicidio del progenitor en un contexto de violencia familiar”.
En tal sentido, se entregará una pensión equivalente a quince jornales mínimos (G. 1.614.405 actualmente) para cada beneficiario, que serán administrados por un tutor legal con el fin de gastos básicos del menor, como ser la alimentación, asistencia sanitaria, educación y otros.
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La versión aprobada, establece como motivo de cese de la ayuda, cuando el beneficiario cumpla la mayoría de edad, o en el caso de que el otro progenitor tenga sentencia firme y ejecutoriada que eventualmente certifique su inocencia.
Ley de “cuidados paliativos”
Por otra parte, también tendrá sanción ficta en la fecha el proyecto de ley “de cuidados paliativos”, que establece protocolo para el tratamiento digno de personas con enfermedades terminales (crónicas avanzadas).
El proyecto de ley no contempla medida contra la vida, como podría ser la eutanasia, sino que establece el derecho al paciente a optar por el tipo de tratamiento o cuidado que quiere recibir en caso de enfermedad crónica grave.
En tal sentido, se señala que el paciente tendrá autonomía en las decisiones sobre los “tratamientos y cuidados que ha de recibir a lo largo de su enfermedad en base a su dignidad y el respeto a sus derechos”.