Llamativa dilación de Justicia en caso de millonario despojo contra la Dinac

El Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Capital, dilata su resolución sobre una sentencia judicial mediante la cual se pretende despojar a la Dinac de casi US$ 22 millones bajo el concepto de “indemnización”. Se trata de un inédito caso en que la misma Justicia favoreció a una firma suspendida en 2009 por el ente aeronáutico tras un grave incidente con una vetusta aeronave en la cual viajaban 80 personas a Uruguay.

El avión que había registrado Delcar SRL y que intentó hacer operar está actualmente abandonado en un “cementerio” de chatarras, en inmediaciones del aeropuerto de Managua, Nicaragua.JUAN JARA
audima

El Tribunal integrado por Valentina Núñez, Esteban Kriskovich y Guillermo Zillich tiene a su cargo desde mayo del año pasado el estudio de los recursos de nulidad y de apelación interpuestos por la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) y el extitular de esa institución, Ceferino Farías, contra la Sentencia Nº 135, firmada el 27 de abril de 2023 por el juez interino en lo Civil y Comercial del undécimo turno de la Capital, Guillermo Trovato. A través de dicha disposición se estableció el pago de casi US$ 22 millones (G. 166.760 millones) a la empresa Delcar SRL, representada por Melanio Delgado, por supuestos daños y perjuicios por pérdida de chance.

Los antecedentes refieren que la empresa Delcar SRL presentó su demanda contra la Dinac, su expresidente Ceferino Farías y a la Procuraduría General de la República (PGR), por supuesto daño moral y pérdida de chance. Exigió como indemnización inicial US$ 28 millones.

El reclamo de la compañía se dio luego del revocamiento de su Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA), a través de la Resolución Dinac Nº 88/09, firmada el 26 de mayo de 2009 por Farías. El documento cita un dictamen de la Asesoría Jurídica de la Dinac en el cual se recomendaba la revocación del permiso porque la empresa incumplía requisitos establecidos en los reglamentos de la entidad aeronáutica nacional, además de disposiciones del Código Aeronáutico.

Entre las transgresiones estaban: “No ha dado cumplimiento en lo referente a los despachos de vuelo; y sin ese documento no puede iniciar ninguna operación de carácter comercial; no presentó un contrato para mantenimiento de su aeronave con un taller habilitado por la Dinac; no dispone de personal técnico especializado para mantenimiento de su base de operación” (sic).

Lo cierto es que la revocación de la entidad aeronáutica paraguaya también se dio luego del incidente en el cual estuvo involucrada la empresa Delcar SRL. La citada firma habría registrado una vetusta aeronave Boeing 737-200 con matrícula ZP-CAQ para realizar viajes internacionales, de acuerdo con los antecedentes.

Publicación periodística sobre el incidente ocurrido en 2009.

Los documentos relatan que el avión en su viaje inaugural, el 28 de marzo de 2009 –dos meses antes de la revocación de su certificado–, ya sufrió un incidente que afortunadamente no pasó a mayores. Debía cumplir el itinerario Asunción-Montevideo-Asunción transportando hinchas paraguayos para un encuentro de la selección nacional con su par charrúa.

En la aeronave viajaban 80 pasajeros y salió del aeropuerto Silvio Pettirossi a las 8:08 de ese día. Tras 34 minutos en el aire posó de nuevo en pista en Asunción a las 8:42, luego de la determinación adoptada por su comandante de abortar el viaje tras localizarse desperfectos en la aeronave y que, pese a los intentos, no pudieron ser superados en vuelo, según los reportes.

Tras el incidente, saltaron otras denuncias de que el aparato tenía más horas de vuelo y estuvo por un buen tiempo inactivo en Córdoba (RA), precisamente por problemas técnicos. La Dinac había otorgado inicialmente el Certificado de Aeronavegabilidad a ese avión el 13 enero de 2009, por un periodo de 10 meses.

Sin novedades de auditoría

Otra cuestión que llama la atención es que tampoco hay novedades de la auditoría a este expediente ordenada en junio del año pasado por el Departamento de Auditoría de Reacción Inmediata, dependiente de la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional del Poder Judicial.

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