Si bien ya hay una Ley vigente, la Nº 4013/2010 “que reglamenta el ejercicio del derecho a la Objeción de Conciencia al Servicio Militar Obligatorio y establece el Servicio Sustitutivo al mismo en beneficio de la población civil” (que ya establece un pago y otras medidas para evitar el SMO), esta iniciativa no tiene aplicación efectiva por lo que la Defensoría del Pueblo plantea una reforma a dicha ley.
La audiencia pública realizada en el salón Comuneros de Diputados estuvo encabezada por la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, diputada Roya Torres (PLRA, A), acompañada del representante de la Cámara Baja ante la Defensoría, diputado Carlos María López (PLRA, PL) y el Defensor del Pueblo, Rafael Ávila.
“No es la base principal (el cobro), la base principal es que se cumpla el servicio. En caso que ya no puedan por estar estudiando u otro problema, sí se puede optar por el pago, pero para nosotros no es lo principal”, alegó Ávila.
El pago establecido en la ley vigente y que se quiere mantener con la reforma asciende a un único pago de cinco jornales (G. 515.455 actualmente), según la propuesta, es solo una de las formas para sustituir el Servicio Militar Obligatorio.
Pago por no realizar servicio militar, el punto más criticado
El monto elevado de la erogación fue uno de los principales puntos de crítica de organizaciones civiles que participaron de la audiencia, entre ellos el representante de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy), el abogado Eduardo Aguayo.
Lea más: Riera habla de “restablecer” el servicio militar obligatorio: “Una de las mejores épocas de mi vida”
“A nosotros nos parece que es un poco excesivo cinco jornales teniendo en cuenta la población del interior del país, a la que resultaría excesivo este monto. Creo que no sería real optar por esta opción”, dijo Aguayo, planteando hasta una especie de discriminación.
La titular de la Dirección General de Objeción de Conciencia al SMO, Giselle Rivas, justificó dicho monto alegando que Nº 569/75 del “Servicio Militar Obligatorio” establece tasas incluso mayores de pago a los que fueren exonerados del servicio.
Acotó que también se establecen alternativas, como ser la realización del servicio sustitutivo, o una declaración de insolvencia o la exoneración por ser sostén de familia.
Desde el Servicio Paz y Justicia -Paraguay (Serpaj), Vidal Acevedo, fue más contundente diciendo que ellos abogan por la derogación del Servicio Militar Obligatorio y el Servicio Civil, y que en todo caso sea optativo, ajustados a los actuales tiempos de democracia.
¿Qué es el Servicio Civil Sustitutivo?
El pago es solo uno de los mecanismos para exonerar la obligación de realizar el Servicio Militar Obligatorio, pudiendo prestar servicio civil, dice el anteproyecto de ley discutido ayer en Diputados.
Lea más: Recomiendan aceptar rechazo a proyecto que reglamenta objeción de conciencia al SMO
Si no se quiere o no se puede pagar, un ciudadano tiene la opción de ejercer labores computables que no persiguen el lucro y sean de interés general para la sociedad, en especial para los sectores sociales más necesitados. Los favorecidos por servicios prestados no deben pertenecer en forma exclusiva a agrupaciones políticas, religiosas u otra índole sectaria.
“El punto clave es que se pueda certificar que cumplió con el tiempo establecido que es de 480 horas y 240 en caso de ser estudiante”, indican.