Abogados plantean enmienda constitucional para que solo los mejores profesionales ocupen cargos en estamentos de Justicia

Un grupo de abogados pidió ayer al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) que se haga una enmienda constitucional del artículo 253, que habla de quiénes deben conformar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). El objetivo de los profesionales del derecho es certificar que los mejores hombres sean los que ocupen cargos en los organismos encargado de juzgar a jueces y fiscales.

Lo que pretenden los abogados que plantean la enmienda es que solo los profesionales más capacitados y con alta honorabilidad lleguen a altos cargos en el JEM y en el Consejo de la Magistratura.
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Ayer lunes, un grupo de abogados presentó una nota al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) en el que comunicaron su intención de impulsar un pedido de enmienda constitucional del artículo 253 de la Carta Magna.

Este artículo se refiere específicamente a la representación ante el JEM.

Los profesionales del derecho que presentaron el pedido escrito pidieron primeramente al Tribunal Electoral de la Capital unos formularios rubricados para que ellos inicien el proceso de consulta popular.

Cómo lograr una enmienda

Esto, teniendo en cuenta que el artículo 290 de la Carta Magna dice que se pueden hacer enmiendas a iniciativa de la cuarta parte de cualquiera de las Cámaras, a iniciativa del presidente de la República o con una petición firmada por 30.000 electores.

Christian Ruiz Díaz, director de financiamiento politico del TSJE, explicó que lo que propone el grupo de profesionales que el JEM esté integrado por profesionales de mayor antigüedad y experiencia comprobada de no menos de 20 años.

En definitiva, los juristas consideran que los integrantes tanto del JEM como del Consejo de la Magistratura, deben ser abogados con reconocida honorabilidad en el ejercicio de la cátedra o de la magistratura.

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Propuesta debe llegar a un referéndum

Además, la propuesta dice que estos representantes deben durar en sus funciones tres años, pudiendo ser reelectos por un periodo más, y solo serán removidos por juicio político.

Hernán David Rivas durante la lectura de su defensa del pedido de Pérdida de Investidura.

El proceso indicado en el artículo 290 de la Constitución establece que en caso de llegar a aprobarse la enmienda, este debe terminar en referéndum, donde todos los electores votan por el sí o por el no.

La propuesta solo puede llegar a ser real si se le aplica el mencionado artículo 290 y se lleva a cabo el trámite, con una cámara de origen, una cámara revisora, la mayoría absoluta de cada cámara.

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Si este paso se consigue, luego el texto pasa al TSJE, y se convoca al cuerpo electoral en un plazo de 180 días para que decida por el sí o por el no.

Si gana el sí, la propuesta legislativa se incorpora inmediatamente al texto constitucional.

La única enmienda hasta ahora

La única vez que hubo enmienda constitucional en nuestro periodo democrático fue en el año 2011, cuando se modificó el artículo 120 por el cual los paraguayos en el extranjero pudieron votar.

Por ahora, lo único que los juristas quieren es el formulario para poder ir colectando las 30.000 firmas que necesitan y así eventualmente plantear la propuesta de enmienda.

Recordemos que en el ámbito de nuestra Justicia, tenemos muy malos antecedentes cuando se trata de tener personas capacitadas en altos puestos de poder.

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Muy cuestionados ocupando altos cargos

El senador cartista Hernán Rivas había jurado como miembro del JEM y llegó a ser presidente del organismo, pero luego nos enteramos que acababa de retirar su título del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). Es decir, tenía nula experiencia en el ámbito del derecho. Actualmente, el parlamentario está imputado por producción y uso de documentos públicos con contenido falso.

Esto, debido a que el Ministerio Público cree que el legislador utilizó su matrícula para lograr un cargo importante en el Jurado de Enjuiciamiento de la Magistrados, matrícula que obtuvo, según se presume, de manera irregular, pues hay dudas sobre la autenticidad de su título de abogado.

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En el caso del diputado Orlando Arévalo (ANR) este también estaba en el ojo de la Fiscalía por sospechas de la autenticidad de su diploma de abogado, pero finalmente el Ministerio Público solicitó la desestimación de las denuncias. Supuestamente, se determinó que no se encontraron elementos suficientes para investigarlo.

Arévalo había sido denunciado por cometer supuestamente producción de documentos no auténticos, producción mediata e inmediata de documentos públicos de contenido falso, uso de documentos públicos de contenido falso y el uso de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso.

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