El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, integrado por los jueces Claudia Criscioni (presidenta), Jesús Riera y Yolanda Morel (miembros), resalta que aunque no corresponde con el objeto del juicio, considera oportuno hacer notar al Ministerio Público que la conducta de los funcionarios del Banco Nacional de Fomento (BNF) en el caso Darío Messer debe ser investigada. Fue al emitir su sentencia definitiva sobre el comiso de bienes por unos US$ 100 millones de Darío Messer, condenado a 13 años de cárcel en el Brasil por lavado de dinero.
Los jueces argumentan que los funcionarios del BNF, más allá de posibles deficiencias en los controles o dolo o no de parte de estos en el cumplimiento normativo al que están obligados, son pasibles de ser sancionados incluso por una conducta culposa, en atención a que se trata de sujetos obligados, en este caso, una institución bancaria. El Tribunal de Sentencia considera que, aunque no se acredite el dolo, al menos hubo negligencia.
“Esto es así porque se han producido medios de prueba que dan cuenta de que estos funcionarios del BNF, simulando cumplir con sus deberes de debida diligencia, en realidad llevaban a cabo procedimientos que son necesarios para, por ejemplo, la obtención de un crédito, porque revisaban si había tierras en el Paraguay; el problema no era el negocio que se llevaba a cabo en el Paraguay, sino de dónde provenía el dinero que era transferido a las cuentas del Sr. Darío Messer en el Banco Nacional de Fomento”, resalta el fallo de primera instancia.
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Llamativa actuación
Documentos y audios adjuntos al expediente judicial sobre el conocido caso Lava Jato en el Brasil habrían advertido sobre la llamativa actuación del BNF para mantener activas las cuentas de Darío Messer y sus empresas vinculadas Chai SA y Matrix Plus SA.
En los informes del vecino país aparecían grabaciones del entonces director de Cumplimiento de la entidad bancaria estatal, Juan Manuel Benítez Fleitas. Este, que sigue como funcionario del BNF, habría actuado como una suerte de “gestor” para el mejoramiento de documentación respecto a las cuentas de Messer, según la investigación del Brasil.
Origen antijurídico
Por otra parte, el Tribunal de Sentencia señala que el Ministerio Público había establecido que el obstáculo legal para procesar a Darío Messer y a su hijo Dan Wolf Messer estaba relacionado a que la imputación formulada en Paraguay por las transferencias que el doleiro había hecho a sus cuentas del BNF entre el 2013 y 2016, tenía como obstáculo legal la rebeldía de estas personas. Sin embargo, conforme a las pruebas producidas en el juicio oral, por la propia fiscalía, el Tribunal concluyó que el obstáculo legal para la realización de un proceso penal por lavado de dinero en Paraguay sería la prescripción del hecho, en atención a que la compra de bienes, constitución y capitalización de las firmas Matrix, Chai y Pegasus se dieron entre los años 2011, 2012 y 2013.
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Sobre este último punto, los jueces de Sentencia consideraron que ya la constitución de la empresa y la ampliación del capital de la firma tienen un origen antijurídico, lo que fundamenta el comiso autónomo de las ganancias provenientes del lavado de dinero.
La causa para el comiso de bienes de Messer tuvo como fiscales a Francisco Cabrera, Liliana Alcaraz, Osmar Legal, Diego Arzamendia y Jorge Arce.