Por unanimidad de los presentes, la Cámara de Diputados sancionó la reforma del artículo 172 de la Ley N° 1160/97 “Código Penal”, que refiere fundamentalmente en reducir el monto a partir del cual la Fiscalía debe investigar sí o sí casos de apropiación o hurto y también que deba hacerlo de manera obligatoria en casos de reincidencia.
Lea más: Senadores aprueban reducir monto de delitos bagatelarios a G. 515.000
“Cuando la apropiación o el hurto previsto en los artículos 160 y 161 se refieran a una cosa de valor menor a cinco jornales, la persecución penal del hecho dependerá de la instancia de la víctima, salvo que, a criterio del Ministerio Público, un interés público especial requiera una persecución de oficio”, indica el texto sancionado.
Con esto se reduce el monto límite para ser considerado hecho bagatelario, que actualmente es de 10 jornales (G. 1.030.910) y pasa a cinco jornales (G. 515.455). Actualmente, los casos de robos menores a estos montos no son perseguidos por la Fiscalía y deben ser promovidos por querella particular a instancia de la víctima.
Lea más: Unite al canal de ABC en WhatsApp
Otros cambios a ley sobre robos bagatelarios
Otro punto importante agregado, es que también se establece que “en caso de reincidencia, el Ministerio Público actuará de oficio”, ya que la mayoría de los casos refieren a montos muchos menores a estos pero son cometidos casi a diario por los mismos protagonistas.
“El microtráfico hace que tengamos solamente en Capital 90.000 adictos que en su mayoría son adolescentes y jóvenes y que cometen todos los días hechos punibles y la ciudadanía qué hace cuando ve que al día siguiente salen nuevamente, porque robó un champión, un celular que no alcanza los G. 1 millón, entonces al día siguiente ya está nuevamente por el barrio y hace que la ciudadanía diga que la justicia no funciona, cuando nuestra ley es la que no funciona”, afirmó el diputado Derlis Rodríguez (ANR, HC).