Diputados darían mañana “superpoderes” a Peña

Con una celeridad impuesta por el oficialismo, a pedido del Ejecutivo, ya mañana se buscará sancionar, en sesión de Diputados, el proyecto de ley que dará “superpoderes” al presidente Santiago Peña para la emisión de bonos por US$ 600 millones para el pago de deuda, puenteando al Congreso.

En Mesa Directiva de Diputados se incluyó 16 puntos del orden del día para la sesión de mañana.gentileza
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Como primer punto de la sesión ordinaria de Diputados, fijada para mañana a las 09:00, se definió el estudio del proyecto de ley “por el cual se establecen medidas extraordinarias de gestión para las finanzas públicas”. Hoy sería dictaminada la iniciativa en la mayoría de las comisiones pese a que hace menos de dos semanas ingresó para su estudio en Cámara Baja. La normativa daría “superpoderes” al presidente Santiago Peña para pago de deudas.

El proyecto, que ya cuenta con media sanción del Senado -donde recibió crítica de opositores- plantea permitir que el Ejecutivo pueda disponer de unos US$ 600 millones a través de emisión de bonos (sin requerir del Congreso) y uso de fondos no ejecutados por municipalidades y gobernaciones, supuestamente para el pago de deuda acumulada en el gobierno anterior.

La semana pasada se realizó una mesa de trabajo integrada por representantes de varias de comisiones, ante la cual comparecieron autoridades de los ministerios de Economía, Salud Pública y Bienestar Social y de Obras Públicas y Comunicaciones.

Santiago Peña, presidente de la República.

“Superpoderes” a Peña: hablan de posible inconstitucionalidad

En la reunión, se escucharon críticas de diferentes sectores, incluso colorados, alertando de la posible “inconstitucionalidad” de la medida. Puntualmente, se cuestiona que el Congreso no puede delegar su función Constitucional (artículo 202 numeral 10), de “aprobar o rechazar la contratación de empréstitos”.

El artículo 5º del proyecto de ley faculta al Ejecutivo a la “utilización de los recursos no comprometidos de préstamos y bonos que hayan sido aprobados por ley”, pero sin consultar con el Congreso Nacional.

En tal sentido, sostienen que tampoco se puede dar atribuciones que no corresponden al Ejecutivo, como disponer vía decreto la transferencia de crédito presupuestario y cambio de fuente de financiamiento, algo que se plantea en el artículo 6º.

También se alerta el temor a que este “superpoder” pueda ser utilizado como “garrote” por el Ejecutivo, ya que este se convierte en juez y parte, al deber aceptar o rechazar las rendiciones de la municipalidades y gobernaciones.

Con esto, se abre la posibilidad de cortarle desembolsos de Fonacide y royalties a gobiernos locales, para que el Ejecutivo disponga de ellos.

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