Un grupo de 39 diputados de diferentes bancadas presentó un proyecto de ley “Que adopta medidas para asegurar la consecución del programa que posibilita la merienda escolar en las instituciones educativas paraguayas y amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2023 - Ministerio de Educación y Ciencias”.
El documento establece una ampliación de G. 72.565.326.060 para la adopción de medidas que hagan posible la merienda escolar en establecimientos del nivel preescolar, inicial y media públicos y subvencionados de la educación inicial, media y Ciencias.
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La propuesta fue presentada atendiendo la posibilidad de que la Cámara de Senadores sancione la derogación de un acuerdo internacional consistente en una cooperación financiera de 38 millones de euros no reembolsables, por parte de la Unión Europea a nuestro país.
Extitular del MEC advirtió de “agujero” en el presupuesto
El entonces ministro de Educación y Cultura, Nicolás Zárate, aseguró que con la derogación del convenio con la UE están en juego unos G. 110.000 millones, que afectan directamente a la merienda escolar de unos 50.000 alumnos.
A través de la propuesta legislativa, se faculta al MEC a realizar, con urgencia, las medidas necesarias para su vigencia inmediata en todo el territorio nacional, según se expresa en el documento.
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Los proyectistas indican que la merienda escolar constituye un pilar fundamental para asegurar el aprendizaje de los niños que acuden al sistema educativo de nuestro país, por lo que sostienen que la ampliación presupuestaria permitirá continuar con el suministro de la merienda escolar en todo el territorio nacional.
Presupuesto exclusivo del MEC
La iniciativa aclara, en su artículo 4º, que el fondo mencionado será utilizado exclusivamente por el Ministerio de Educación, con la obligación de presentar la rendición de cuentas a la Contraloría General de la República.
“Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y programación de montos consignados en los Anexos detalles de la presente ley, de acuerdo al clasificador presupuestario vigente a las técnicas, programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria”, establece otro artículo del documento.