Diputados intentan definir “conservación de datos” contra pornografía infantil

Mediante moción de preferencia se acordó que el próximo miércoles se incluya en el orden del día de Diputados el proyecto que plantea “la obligatoriedad de la conservación de datos de tráfico para combatir la pornografía infantil y hechos punibles conexos”, que tendría leves reformas.

Diputado Rodrigo Blanco (PLRA).
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El proyecto de ley plantea obligar a empresas telefónicas y proveedoras de internet a preservar datos de personas procesadas por pornografía infantil y otros delitos informáticos, busca permitir una más eficaz persecución de estos delitos indicó el proyectista Rodrigo Blanco (PLRA), mencionado en que las consultas previas recogieron algunas leves sugerencias de modificaciones.

El diputado mencionó que si bien falta dictamen de algunas comisiones, lograron consensuar en general el proyecto con las telefónicas, que serán una de las principales afectadas al tener que adecuar sus sistemas para el resguardo de los datos.

“Estuvieron presentes representantes de las Cámara de Operadores Móviles y manifestaron su aceptación al proyecto, con algunas pequeñas modificaciones, porque el proyecto original planteaba la retención por un plazo de 12 meses y nos solicitaron que sea por 6 meses. Se consensuó eso y se incluyó así en el proyecto”, mencionó.

El 80% de casos de pornografía infantil se archivan

Blanco destacó que este proyecto es importante ya que actualmente, por la falta de estos datos, el 80% de los casos se archivan sin dar con los responsables.

Aclaró que la iniciativa contempla también de forma clara qué datos serán guardados y que debe haber una orden judicial expresa, evitando la discrecionalidad.

A los datos se puede acceder “exclusivamente por orden judicial, a petición fundada del Ministerio Público, para salvaguardar cualquier tipo de situación”, indicó.

Otro punto que destacó que es que “se establece claramente que la conservación es de tráfico, no de contenido, ese es un tema demasiado importante: las cuentas que fueron creadas, en qué fechas, a nombre de quién, el IP (identificador digital de una conexión)”, a fin de no violar el derecho a la intimidad y la presunción de la inocencia.

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