El proyecto de ley “Que suspende temporalmente la aplicación del artículo 149 de la Ley N° 834/1996 Que establece el Código Electoral Paraguayo”, ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y hoy será analizado por el Senado.
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recomendó a las comisiones del Senado rechazar “por impracticable” el proyecto de ley. En la fecha, la comisión de Asuntos Constitucionales recomendará el rechazo de la normativa en estudio.
La norma autoriza a la Dirección del Registro Electoral a realizar una verificación in situ de los domicilios declarados por los electores al momento de solicitar su traslado a los distritos convocados, y excluir del Registro Cívico Permanente a quienes no residen en el lugar declarado en forma fraudulenta.
Lea más: Senadores no reelectos intentaron anular el desbloqueo de listas sábana
TSJE dice que depuración del padrón para próximas elecciones “es imposible”
El parecer institucional de la Justicia Electoral menciona al respecto que, considerando el lapso de tiempo que se dispone hasta las elecciones y el necesario para la verificación del Registro Cívico Permanente de los 13 distritos convocados, “es de cumplimiento imposible, en atención a los 356.166 ciudadanos empadronados en estas localidades, distribuidos de acuerdo al cuadro. (Ver infografía).
Tendrán elecciones municipales complementarias entre el 9 de julio y el 10 de setiembre los municipios de: San Alfredo, Concepción; San Pedro del Ykuamandyyú, San Pedro; Isla Pucú, Cordillera; Santa Elena, Cordillera; Tobatí, Cordillera; Abaí, Caazapá; Cambyretá, Itapúa; José Leandro Oviedo, Itapúa; Sapucai, Paraguarí; Ybycuí, Paraguarí; Santa Rita, Alto Paraná; Capiatá, Central y Villa Elisa, Central.
Para las elecciones municipales complementarias, estarán habilitados a sufragar un total de 356.166 electores, según datos de la Justicia Electoral.