Ambas iniciativas están quedándose sin tiempo ya que tendrán sanción automática antes de fin de mes.
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En el caso del veto del Ejecutivo proyecto de ley “que establece un régimen de indemnización de los soldados conscriptos que prestaron servicio durante la gesta del 2 y 3 de febrero del año 1989″” tiene fecha de sanción ficta el 26 de junio.
En el caso de que no se trate antes de esta fecha, quedará aceptada automáticamente la objeción total del Ejecutivo y pasará al archivo.
En el caso de promulgarse la indemnización a los conscriptos, se estima que costará al Estado unos G. 104.224.084.750 (más de US$ 14,1 millones) a ser repartidos entre unos 1.400 beneficiarios.
En del proyecto que autoriza a Puertos a “indemnizar extraordinariamente a funcionarios y obreros de la institución, por el cese de operaciones” se encuentra en su tercer trámite y se debe definir el monto a ser desembolsado. La versión Diputados plantea un pago total G. 124.006.104.601 (US$ 16.9 millones) para unos 563 funcionarios.
Pendiente veto contra “ayuda” a corruptos
La Cámara de Diputados tiene pendiente estudiar el veto del Ejecutivo al proyecto de ley “Que modifica los artículos 187 y 192 de la Ley N.° 1160/1997 Código Penal, modificado por la Ley N° 3440/2008″, que inicialmente planteaba aumentar los años de penas contra corruptos en la función pública, pero que fue tan desvirtuado, que finalmente permitiría beneficiar a los que meten mano en el dinero público.
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El veto del Ejecutivo se produjo hace ya más de una semana, atendiendo al riesgo de impunidad que otorgaría esta iniciativa, ya que no solo no aumenta las penas, sino que deba abierta una enorme ventana para los corruptos, haciendo casi imposible que Fiscalía los acuse por delitos como delitos de lesión de confianza y estafa.
La versión Senado, que es la que finalmente se sancionó, no sólo rechazó el aumento de 10 a 15 años de cárcel para estos delitos cuando afectan fondos públicos, sino también obliga al Ministerio Público a demostrar que hubo “intencionalidad” de causar daño patrimonial al Estado. O sea no basta con demostrar el perjuicio sino que se agrega un elemento subjetivo a considerar.