Senado aprueba cárcel o multa por no responder pedidos de informes al Poder Legislativo

El Senado dio ayer el primer paso y aprobó con modificaciones el proyecto de ley que pretende sancionar con cárcel de seis meses o multa a las autoridades que no contestan los pedidos de informes que son requeridos por las cámaras de Senadores y de Diputados. La iniciativa pasa ahora a consideración de la Cámara Baja.

El senador Daniel Rojas conversa con Lilian Samaniego y Ledesma (d).Gustavo Machado
audima

La Cámara de Senadores aprobó con modificaciones el proyecto de ley que plantea sancionar el desacato de un pedido de informes del Poder Legislativo a los ministros, titulares de ente, intendentes y otros administradores que no respondan los pedidos de informes que exige el Congreso y cuya respuesta es obligatoria según la Constitución Nacional.

La senadora Desirée Masi (PDP) planteó al pleno postergar el estudio del proyecto de ley para estudiar otro tipo de sanciones que no sean penales. Incluso dijo que se podrían plantear multas que afecten directamente a los administradores y la recaudación vaya a parar a un fondo público.

No prosperó la intención de la senadora opositora y una mayoría se pronunció a favor de aprobar el proyecto de ley. Comentaron que hace tres años el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) no responde los pedidos de informes del Congreso ni acude a las reuniones de las comisiones asesoras.

Agregaron que es recurrente la excusa de que no responden los informes por exceso de trabajo. El senador Fernando Silva Facetti (PLRA, llanista), uno de los autores del proyecto, dijo que los informes son una herramienta de trabajo para los parlamentarios en casos de investigación, sanción y denuncia.

Lo que dice el proyecto que castiga el desacato

La norma establece que, en caso de incumplimiento a un pedido de informes de las Cámaras de Senadores o de Diputados en virtud del Art. 192 de la Constitución Nacional, o los pedidos de informes remitidos por las Comisiones de ambas Cámaras en virtud del Art. 186 última parte de la Constitución Nacional, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o multa.

Señala además que si el autor cometiere el hecho, mediando reiteración del pedido o fuere un funcionario público, en los términos del Artículo 14, numeral 14 del Código Penal, la pena será aumentada hasta cinco años de pena privativa de libertad, además será inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por el término de cinco años.

Investigación penal ante falta de respuesta a pedidos de informes

También menciona en la normativa que cuando el mismo facilitare, posibilitare o encubriere la comisión de otros hechos punibles, (…) será sancionado como cómplice de estos delitos. La Cámara respectiva cuyo pedido de informe no hubiere sido respondido o en caso de haber sido respondido, no contemple lo solicitado sin justificación, informará el hecho a la Fiscalía Penal de turno, para que este (…) inicie la investigación penal.

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