Si bien se mantuvo el espíritu original del proyecto proveniente del Senado, se realizaron precisiones para evitar que el incumplimiento por parte de un candidato en específico repercuta en un castigo a todo el partido.
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Por ejemplo, en la cuestión de plazos se detalló que el periodo permitido de propaganda electoral “se extenderá desde el día siguiente de la fecha de oficialización de candidaturas, conforme al cronograma electoral establecido”, hasta 72 horas antes de los comicios.
Atendiendo a que también se establecen multas de hasta 100 jornales mínimos diarios (G. 962.145.192.100) para los que incumplan los nuevos plazos, se estableció que una cosa es la responsabilidad partidaria por “propaganda institucional” y otra la de cada candidato por “propaganda personal”.
" Estos cambios son para aclarar la diferenciación que existe entre la organización política y la falta que pueden cometer sus candidatos, más todavía cuando estamos hablando del desbloqueo de listas” donde pueden ser los partidos “responsables de lo que hagan 3.000 o 4.000 candidatos a lo largo de la República”.
Con las modificaciones, el proyecto retorna a la Cámara de Senadores.