Este trámite es requerido principalmente para gestionar becas, subsidios estatales y otras en las que el solicitan debe demostrar insolvencia.
El proyecto consta de apenas un artículo y establece que “se exceptúa del pago de tasas judiciales y de la obligación de patrocinio de abogado al procedimiento de información sumaria de testigos, (...) cuando se trate de declaración de pobreza”.
Dicha gestión hasta ahora se realiza en los Juzgados de Paz y se necesita el patrocinio de un abogado, algo que para personas que están precisamente en situación de insolvencia es de cumplimiento imposible.
El proyecto tuvo sanción ficta ayer, por lo que ahora depende del Ejecutivo la promulgación o veto.
Por otra parte, al ser rechazado previamente en el Senado, terminó en el archivo un proyecto que pretendía eliminar la potestad de fijar tasas de manera arbitraria, según el parecer de cada institución.
El proyecto de ley, que fue rechazado en el Senado planteaba que se dejen sin efecto todas las leyes, decretos o resoluciones que fijen tasas estatales y que los nuevos montos sean establecidos con base en una sola ley, en base a “criterios objetivos verificables”, como ser estudio de costos de los servicios prestados según la realidad económica de la actividad o servicio prestado, entre otros.
Esto pretendía abarcar desde tasas portuarias, a cargo de la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP.), hasta las fijadas por el Ministerio de Industria y Comercio o la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), entre otras. Este fue uno de los proyectos que se archivó por la raboneada en la última sesión de Diputados.