Los senadores en un dictamen único de cinco comisiones recomendaron al pleno aprobar con modificaciones el proyecto de ley que tiene como beneficiarios a personas con discapacidad, personas con movilidad reducida en forma transitoria o permanente y personas de talla baja o de estatura y peso no promedio.
El Senado incluye en el artículo 10 que las empresas de turismo, prestadoras de servicios turísticos y de recreación en general, sean públicas o privadas, adaptarán sus instalaciones a los requisitos establecidos para la implementación del turismo inclusivo y accesible, a fin de que las personas beneficiarias de la ley tengan el acceso, uso y disfrute de los servicios turísticos y de recreación en igualdad de condiciones con los demás individuos.
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Se establecen modificaciones en el artículo 12 y se propone que el establecimiento que brinde servicio de alojamiento registrado como “Prestador de Turismo Inclusivo - Accesible”, debe cumplir y contar con dos de cada 20 habitaciones adaptadas para el turismo accesible, siendo una la cantidad mínima de habitaciones requeridas para aquellos establecimientos que no cuenten con 20 habitaciones en total, señala el proyecto que vuelve a Diputados.