El juez electoral de Central, Modesto Núñez, dio a conocer quiénes son los que están exceptuados y excluidos para votar en el marco de las próximas elecciones generales del 30 de abril.
Esto, conforme a lo que establecen el artículo 91 del Código Electoral y la resolución N° 22/2023 del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
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Están excluidos:
- Personas con más de 100 años de edad que no hayan votado en las últimas tres elecciones
- Interdictos impedidos de ejercer derechos políticos
- Soldados conscriptos
- Alumnos de institutos militares y policiales
- Condenados a pena privativa de libertad
- Declarados rebeldes en causas penales
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Están exceptuados:
- Personas mayores de 75 años de edad
- Magistrados del fuero electoral
- Funcionarios que realizan labores durante la jornada eleccionaria
- Personas que se encuentren a más de 50 kilómetros del lugar de votación por trabajo
- Electores que demuestren la imposibilidad de trasladarse al local de votación por enfermedad
- Privados de libertad preventivamente
- Funcionarios de servicios públicos que no se pueden interrumpir.
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La Real Academia Española (RAE) define excepción como aquella “cosa que se aparta de la regla o condición general de las demás de su especie”, mientras que exclusión como “marginación sistémica de personas privadas de los beneficios sociales al ser discriminadas por pobreza, carencias formativas o discapacidad”.