Impugnación a Lugo no tiene legitimación activa, según Rolón Luna

La impugnación a la candidatura de Fernando Lugo debe ser rechazada in limine, según el abogado Jorge Rolón Luna, porque -argumentó- quien la presenta no tiene la legitimación activa que requiere la ley.

Jorge Rolón Luna, abogado, argumenta que cualquier impugnación a un candidato para las próxima elecciones debe ser presentada por un apoderado de algún partido, movimiento o alianza que participe activamente de las elecciones.gentileza
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La impugnación de la candidatura a senador de Fernando Lugo, presentada por el abogado Theodore Stimson, líder y apoderado del movimiento Libertas del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), es para el también abogado Jorge Rolón Luna improcedente y debería ser rechazada sin más trámite.

Rolón Luna asegura, primeramente, que la Constitución es muy clara en cuanto a las inhabilidades, señalando que los expresidentes destituidos por juicio político están excluidos expresamente de la senaduría vitalicia, por lo que no existiría impedimento para su candidatura.

Asegura que el Código Electoral es muy claro en cuanto a que no cualquiera puede impugnar a un candidato, sino que para hacerlo debe tener la legitimación activa, es decir, ser apoderado de un partido, movimiento o alianza política que participe de las elecciones, algo que, a su entender, el abogado Stimson no cumple.

Para Rolón Luna, el planteamiento debe ser rechazado in limine al no cumplirse este requisito básico para su presentación.

El abogado Jorge Rolón Luna considera improcedente el planteamiento de impugnación a la candidatura de Fernando Lugo.

Candidatura de Lugo no está prohibida

Para Rolón Luna, atendiendo a los principios del derecho electoral que, en caso de duda, establece que siempre se estará por la participación y no por la restricción, no existe ningún argumento para evitar la participación de Lugo, atendiendo a que su condición de salud no se encuentra entre las inhabilidades e incompatibilidades.

El abogado señaló que es improcedente decir que Lugo reside en la Argentina, atendiendo a que es de público conocimiento que se encuentra ahí de forma circunstancial, por un tratamiento médico.

Con respecto a haber hecho constar por escribano que firmó estando en ejercicio de sus facultades, considera que es un reaseguro del candidato y no una exigencia de la ley, lo que, sumado a los principios de la ley de la Constitución, avala su candidatura.

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