Este lunes se comunicó que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada por la Asociación Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) contra la ordenanza municipal que establece que entre una estación de servicio y otra debe existir por lo menos en mil metros de distancia.
Este rechazo implicaría la inhabilitación de una estación de servicio de la firma “Enex” de Horacio Cartes, ubicada en cercanías de Mburuvicha Róga, el Hospital de Policía y la Embajada de Estados Unidos, en la Avda. Mariscal López.
Al respecto, el concejal capitalino, Pablo Callizo, del Partido Patria Querida, manifestó que este rechazo es algo “que estaban esperando hace tiempo”, alegando que la medida cautelar aprovechada para la construcción “no correspondía”.
“Ojalá las otras medidas cautelares también puedan suspenderse, pero esto dejará un antecedente para otros casos. Desde el comienzo que ya estaba viciado el proceso y nunca se tuvo que haber dado el permiso a estos emblemas”, refirió.
Lea más: Corte dice que surtidor de Horacio Cartes se debe cerrar
Concejal apunta a inhabilitar todas las estaciones de servicio irregulares
Asimismo, Callizo indicó que en la capital del país, Asunción, un total de 36 de estaciones de servicio que fueron construidas en un “limbo entre la Corte Suprema de Justicia y la Municipalidad”.
Ante esto, apuntó que estas construcciones fueron irregulares y por ello espera que todas las que están operando con una habilitación irregular, finalmente sean clausuradas.
“Hay exigencias para evitar la proliferación (de estaciones de servicio) que se ven en la ciudad”, finalizó.
Lea más: ¿Medidas contradictorias? Corte aprueba construcción de gasolineras a menos de un kilómetro