Con aceptación de objeción parcial, rige ley sobre energías renovables alternativas

Ayer, la Cámara de Diputados, al igual que previamente el Senado, aceptó la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de ley de fomento a fuentes de energía renovables no convencionales o hidráulicas. Con esto, queda automáticamente promulgada la parte no objetada.

Paraguay es uno de los principales productores de energía renovable a través de sus hidroeléctricas, pero la ley promulgada busca inventivar otros tipos de energía también limpia pero no convencionales.Archivo, ABC Color
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La Cámara de Diputados aceptó ayer las objeciones parciales del Ejecutivo a la ley “que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, no convencionales, no hidráulicas”, que referían principalmente a plantear incentivos, que figuraban en una ley ya derogada.

El proyecto que originalmente fue aprobado por ambas cámaras del Congreso planteaba por una parte que el otorgamiento de las licencias se regiría por lo establecido la Ley N° 3009/2006 “de la producción y transporte independiente de energía eléctrica (PTIEE)”, lo cual el Ejecutivo consideró innecesario, puesto que el propio proyecto en discusión ya establece las condiciones para dar estas licencias.

El Ejecutivo consideró redundante este punto, obrante en el artículo 11, por lo que lo vetó. Por otra parte, en el articulo 38 del proyecto de ley se pretendían establecer incentivos tributarios que ya no estaban vigentes.

El proyecto que salió del Congreso hacía alusión a incentivos tributarios establecidos en una ley del 1990 que fueron derogados durante la reforma tributaria.

Pese a estas objeciones, entrará en vigencia el resto del proyecto de ley, que establece mecanismo para que particulares o empresas puedan invertir en la producción y comercialización de Energías Renovables No Convencionales (ERNC), entre las que se encuentran la biomasa, bioenergía, geotérmica, solar, eólica, e hidrógeno verde.

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