La Cámara de Senadores dio ayer media sanción al proyecto de ley “que modifica los artículos 420 y 421 de la Ley N° 1286/1998 ‘Código Procesal Penal’”, que incluye a crímenes con penas privativas de libertad de hasta 12 años como factibles de ser beneficiados con el “procedimiento abreviado”, que permite el blanqueo del procesado.
El senador Fernando Silva Facetti (PLRA, llanista) argumentó el dictamen con modificaciones de la Comisión de Legislación, alegando que la medida busca “descomprimir” el saturado sistema de justicia, dando una salida rápida a casos “menos gravosos”.
El procedimiento abreviado “hasta ahora es una herramienta utilizada para aquellos hechos considerados delitos, es decir, hasta 5 años de pena” y lo que se hace con esta modificación es que “amplía el espectro de aplicación de hechos punibles cuya expectativa de pena sea hasta 12 años”.
Según Silva Facetti y otros defensores de la iniciativa como la diputada Georgia “Nani” Arrúa (PPQ) y Enrique Bacchetta (ANR, oficialista), más casos pueden resolverse rápidamente, ya que de las más de “16.000 personas privadas de libertad en nuestro país, el 75% no tiene sentencia”.
Procesos abreviados a solicitud del imputado
En la ley se establecen además las condiciones para este beneficio, entre ellas que “sea solicitado por el imputado, con la presencia de su abogado defensor para que no sea considerado una autoincriminación, con acuerdo de la víctima en el caso de que haya querella adhesiva y siempre que al juez así le parezca”, dijo.
Como beneficio para el acusado que admita su delito y colabore con la fiscalía plantean reducciones de la pena. Silva Facetti aclaró que no se trata de una delación premiada como existe en otros países, ya que no se exige al acusado entregar a sus eventuales cómplices a cambio de la reducción de pena u otros beneficios procesales.
Otro aspecto relevante es que estos casos no serán juzgados por un Tribunal, sino será un acuerdo entre partes y deberá ser ratificado por un juez Penal de Garantías.
Finalmente, también se agrega un artículo para la medición de las penas, estableciendo ciertos factores que permitan al procesado a ser beneficiario, tales como “el perjuicio que ocasionó, las circunstancias particulares de cómo ocurrió el hecho, las circunstancias personales del imputado, su actitud conforme a la causa particular”, entre otros elementos de valor para medir la pena.
Lea más: Cobarde blanqueo al ratero
Masi cambió de postura y advierte riesgos
La senadora Desirée Masi (PDP), proyectista original del proyecto, indicó que cambió de posición al analizar el proyecto también del lado de las víctimas y de la posibilidad de blanqueo a casos.
“A mí me preocupa. Ayer estaba mirando casos de las víctimas. Porque estoy mirando casos, por ejemplo, de abuso sexual con 12 años de condena, o sea, ¿acá van a entrar ellos por ejemplo?”, cuestionó.
También advirtió, por ejemplo, sobre la posibilidad de dejar en libertad a personas procesadas por delitos como ciertos tipos de homicidios, abuso sexual, violencia doméstica, donde la víctima podría volver a ser expuesta a su victimario.
“Esa persona va a salir y puede terminar en una violencia mayor o un homicidio”, alertó Masi.
También mencionó que incluso ahora el procedimiento abreviado es aprovechado para blanquear a procesados sin que siguiera den detalles de sus cómplices o sus estructuras delictivas.
“A mí me da un poco de miedo que personas con conductas muy violentas o con conductas que al final forman parte de una red ( sean beneficiadas). Se van y admiten: Sí, yo lavé” y quedan libres y que la fiscalía no ahonde, ya que en el procedimiento abreviado no se generan pruebas.
Lea más: Primo de Cartes se salva de la prisión por lavado de dinero y solo deberá pagar G. 10 millones
Hay antecedentes de blanqueo
El “procedimiento abreviado” es una herramienta conocida para blanquear a procesados por corrupción y otros delitos. El exdiputado José María Ibáñez (ANR, oficialista) admitió que pagaba a sus “caseros de oro” con dinero del Estado, evitando una condena ofreciendo “donar” un generador para un hospital. Por dicho caso, renunció a su banca solo por la presión social mediante escraches.
También, Juan Pablo Jiménez Viveros Cartes (primo del expresidente Horacio Cartes) e Ilan Grinspun, ambos procesados por lavado de dinero por el caso Darío Messer fueron salvados de ir a prisión por la fiscalía gracias al ínfimo pago de G. 10 millones cada uno a casas de beneficencia.