El juez Raúl Florentín dictaminó sobreseer provisionalmente al exintendente de Asunción Mario Ferreiro y al actual Óscar Nenecho Rodríguez que están procesados por la fiscalía desde el 2018. El 22 de setiembre pasado la misma autoridad había rechazado este sobreseimiento.
Florentín que es juez penal de Garantías aclaró a ABC que dio lugar a esta medida por el caso de la firma recolectora de residuos Empo. Tanto Ferreiro como Rodríguez están procesados por la supuesta producción de documentos no auténticos en torno a una licitación.
Agregó que no había otra alternativa pues le dio trámite de oposición y envió el antecedente a la fiscalía General del Estado para que se ratifique o acuse.
Finalmente, según el juez, el fiscal adjunto Federico Espinoza ratificó la solicitud de sobreseimiento provisional.
El magistrado indicó además que la fiscala Cano tiene un año para solicitar la reapertura de la causa, y para producir las pruebas que solicitó en su sobreseimiento provisional.
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Antecedentes del caso Empo
De acuerdo al relato del hecho que se investiga, este data del año 2018. Ferreiro, Rodríguez y otros 10 concejales, habrían permitido el uso de un certificado de cumplimiento tributario falso para obtener un pago a la empresa recolectora de residuos Empo, que supera los G. 1.700 millones.
En el mismo caso están también imputados los concejales municipales Mariano Cáceres, Antonio Gaona, Javier Pintos, Fabiana Benegas, René Calonga, Augusto Wagner, Félix Ayala, Karen Forcado, Elena Alfonsi e Ireneo Román.
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Juez explicó cómo queda el caso ahora
Florentín comentó que ahora la causa se clausura provisionalmente, sujeto al pedido de reapertura dentro de los 1 año. “El sobreseimiento provisional trae como consecuencia el levantamiento de todas las medidas cautelares mientras no se reabra la causa”, sostuvo.
Artículo 362. SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL. Si no corresponde el sobreseimiento definitivo y los elementos de convicción resultan insuficientes para realizar el juicio, se ordenará el sobreseimiento provisional, por auto fundado que mencione concretamente los elementos de convicción concretos que se espera incorporar. Se hará cesar toda medida cautelar impuesta al imputado.
Si nuevos elementos de convicción permitan la continuación del procedimiento, el juez, a pedido de cualquiera de las partes, admitirá la prosecución de la investigación.
En caso de delitos, si dentro del año de dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura de la causa, el juez declarará de oficio, la extinción de la acción penal; este plazo se extenderá a tres años cuando se trate de crímenes.