En la Cancillería Nacional hay quejas en voz baja por la falta de rotación en algunos cargos de importancia porque los diplomáticos que alcanzan 65 años no se jubilan y tampoco se les traslada, de tal manera a permitir que funcionarios de rango menor puedan ser promocionados.
Uno de esos caso es del excanciller nacional (2012) liberal José Félix Fernández Estigarribia, quien no solo superó ampliamente la edad para jubilarse –tiene 81 años–, sino el tiempo de permanencia en el exterior fijado, que es de seis años.
Fernández Estigarribia se encuentra como embajador en Costa Rica, desde el 2014 (Gobierno de Horacio Cartes).
También ya deberían jubilarse: Víctor Hugo Peña Bareiro (embajador en Egipto); Genaro “Tito” Pappalardo Ayala (embajador en Reino Unido); Gloria Amarilla Acosta (embajadora en México); Rigoberto Gauto Vielman (embajador en Bélgica y ante la Unión Europea); María Carmen Gutiérrez (consulesa en Córdoba); Ricardo Caballero Aquino (cónsul en Campo Grande, Brasil) y José Milciades Martínez Lezcano (cónsul en Porto Alegre, Brasil).
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¿Qué dice la ley de la Función Pública sobre la rotación de embajadores?
La Ley de la Función Pública (Nº 1626/2000), que regula a todos los funcionarios, establece la jubilación al cumplirse la edad de 65 años. Esta disposición es de rango general y uniforme, aunque dentro de un sector del Poder Ejecutivo no.
Varios de los funcionarios que integran el escalafón diplomático con rango de embajador tienen un resquicio dentro de la Ley especial que rige el servicio diplomático y consular que permite mantenerse en el cargo hasta 75 años. Este es un problema que debe resolver el canciller nacional, Julio César Arriola.