Cartes y Velázquez deben perder fueros para poder ser extraditados

Luego de que Horacio Cartes y Hugo Velázquez fueran designados como “significativamente corruptos” por Estados Unidos, surgieron especulaciones sobre un próximo pedido de extradición. Juan Emilio Oviedo, exfiscal de Asuntos Internacionales, explicó que ambos tienen fueros y primero deben perderlos para poder iniciar el proceso judicial.

Horacio Cartes y Hugo Velázquez, en una fotografía de archivo.Archivo, ABC Color
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El mes pasado, Estados Unidos declaró a Horacio Cartes y a Hugo Velázquez como “significativamente corruptos” y tanto ellos como sus familias perdieron la visa. A partir de allí, muchos ciudadanos empezaron a hablar y especular sobre una posible extradición.

A pesar de que aún se desconoce si existen investigaciones judiciales dentro de dicho país contra los políticos mencionados, esta mañana el exfiscal de Asuntos Internacionales Juan Emilio Oviedo recordó que ambos tienen fueros y, por ende, no pueden ser sometidos a un proceso judicial.

Consideró que, a su criterio, los fueron podrían impedir una extradición, por lo cual primero se debe iniciar un proceso para retirar la investidura al vicepresidente y al expresidente de la República. “En la medida en que tengan fueros, podrían suspender la ejecución”, puntualizó en contacto con ABC Cardinal.

Agregó, sin embargo, que no hay antecedentes de esto y, en caso de que llegue un pedido de extradición por parte de Estados Unidos, se iniciará un amplio debate al respecto.

Proceso netamente judicial

En otro momento, aclaró que en Paraguay, la solicitud de extradición se debe analizar netamente en el ámbito judicial, al contrario de lo que sucede en otros países, donde también el Ejecutivo debe aprobar el pedido. “Acá se trata más bien de una voluntad de hacer cumplir la norma nacional e internacional”, consideró.

Además, añadió que las normativas vigentes solo prevén el rechazo de un pedido de extradición por ciertas causales bien establecidas: la muerte, si el delito no está penado dentro de Paraguay, si ya prescribió o si la persona ya fue condenada o absuelta en juicio oral.

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