Aprueban multa por no votar: ¿implicará también la muerte civil?

La Cámara de Diputados sancionó un proyecto de Ley que impone castigo al ciudadano por no votar en las elecciones. Si bien puede ser vetado por el Ejecutivo, el proyecto aprobado impone una multa y además la “muerte civil” a quienes no la paguen, impidiendo tramitar cuestiones básicas, desde registro de conducir hasta certificado de antecedentes laborales y cobrar subsidios, entre otros varios documentos.

El Congreso sancionó un proyecto que establece multas por no votar y la "muerte civil".
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Pese a obtener 39 votos a favor, no se logró imponer la versión Diputados que establecía solamente multas y no así la catalogada como “muerte civil”. Para ratificarse en su versión, la Cámara Baja requería 41 votos, por lo que la versión Senado del proyecto quedó sancionada y será remitida al Ejecutivo.

Puntualmente el proyecto establece como castigo por no votar consistente en una multa de medio jornal diario, es decir, unos G. 49.044.

Si bien la multa ya es parte del castigo, la parte más severa es la concerniente a la “muerte civil”, ya que se establece que los que no votaran ni pagaran su multa, no podrían realizar una serie de trámites básicos, entre los que se encuentra la posibilidad de cobrar subsidios del Estado.

¿Qué implica la “muerte civil”?

En el caso de quedar firme este proyecto, todo aquel que no votara sin un motivo justificado y además no pagara la multa impuesta, quedará imposibilitado de realizar cualquiera de los siguientes trámites:

Trámites afectados por la “muerte civil”

1) Suspensión de trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación.

2) Suspensión de la emisión de pasaportes y antecedentes policiales por parte del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

3) Suspensión de trámites ante la Dirección General de los Registros Públicos.

4) Suspensión de trámites ante la Dirección General de Catastros.

5) Suspensión de trámites ante la Dirección General de Registros del Automotor.

6) Suspensión de trámites administrativos ante las Municipalidades y Gobernaciones.

7) Suspensión de los beneficios contemplados en la Ley Nº 4.087/2011 DE REGULACIÓN DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS CONDICIONADAS.(Subsidios).

Dentro de la lista de trámites que imposibilitará la “muerte civil” se encuentran algunos básicos y fundamentales. Por ejemplo el cobro de subsidios estatales (transferencias monetarias condicionadas), como son los programas Tekoporã, o solicitar antecedentes policiales, que son un requisito habitual para conseguir trabajo, sobre todo en el sector privado.

Tampoco por ejemplo se podrá optar por el trabajo cuentapropista formal, al imposibilitar realizar trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), mientras que el impedimento para gestionar documentación en municipalidades y gobernaciones implicaría la imposibilidad de solicitar o renovar registros de conducir o habitación vehicular.

Si bien falta la decisión del Ejecutivo, que puede vetar o promulgar, incluso en el caso de que se dé lo último no regirá para las internas de diciembre próximo ni para las elecciones generales de abril del 2023, ya que el Código Electoral establece que ninguna modificación de ley realizada posterior a la convocatoria regirá para las elecciones afectadas por dicho llamado.

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