Inscripción automática tendría sanción ficta pero el TSJE objeta su aplicabilidad

La Cámara de Diputados no tiene previsto sesionar el lunes, día en que tendrá sanción automática el proyecto de ley que establece la inscripción automática en el Registro Cívico Permanente de ciudadanos paraguayos residentes en Paraguay y en el extranjero. La Justicia Electoral objeta la aplicación de la norma.

Diputados el miércoles último no pudieron tratar el proyecto de ley de inscripción automática de paraguayos en el país y en el exterior por falta de quorum.ARCENIO ACUÑA
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jaime Bestard (ANR, cartista), remitió al Congreso sus consideraciones sobre el proyecto de ley que pretende la inscripción automática de paraguayos en el país y en el exterior que no estén empadronados y tengan el derecho al voto.

El proyecto de ley de inscripción automática de ser sancionado y promulgado por el Poder Ejecutivo, recién podría ser implementado para las elecciones municipales, debido a que ya vencieron los plazos establecidos en el calendario electoral para ser aplicado.

Como primera traba mencionan desde el TSJE que requieren de un extendido plazo de gestión, ya que se deben realizar convenios con organismos internacionales a través de la Cancillería, requiriéndose además, la obtención de datos provenientes de los diferentes Consulados.

Señalan que la experiencia les indica que los padrones de los diferentes países registran el número de documento del país correspondiente y no tienen registrado el número de cédula de identidad paraguaya, por lo que resultaría dificultoso realizar una identificación precisa de los ciudadanos inscriptos.

Serían incluidos cerca de 1.500.000 electores

Mencionan que la inclusión automática de todos los paraguayos no empadronados que cuentan con cédula de identidad representaría incluir a aproximadamente 1.500.000 electores, que pasarán a engrosar el padrón nacional y los padrones partidarios.

Refieren que según datos de Identificaciones estarían habilitando a casi 500.000 personas mayores de noventa años con altísimo porcentaje de fallecidos que no podrán ser depurados del registro debido a la imposibilidad de obtener el Certificado de Defunción de los mismos que, de acuerdo a la ley, es el único instrumento que permite excluirlos.

Añaden que es injusto inscribir a paraguayos en el exterior sin su anuencia. Remarcan que la aplicación de la norma requerirá la modificación del Código Electoral y que incluso podría vulnerar disposiciones referentes a la soberanía de otros países.

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