La Comisión de Asuntos Constitucionales recomienda al pleno en un único dictamen aceptar la objeción parcial del Ejecutivo, luego de que el cartismo haya anulado su dictamen de rechazo a la objeción parcial.
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La norma vigente, Ley 5033/2013, establece en el segundo párrafo de su artículo 14 “la obligación de la Contraloría General de denunciar al Ministerio Público cualquier error u omisión en una declaración jurada de un funcionario público, si surgieran indicios de que la omisión u error fuese con dolo imputable al declarante”.
Mientras que la modificación planteada en el proyecto de ley vetado dice en su segundo párrafo que “el funcionario declarante podrá efectuar en cualquier momento las rectificaciones que considere convenientes”, eliminando del texto lo referente a la Contraloría y su deber de denuncia.
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El cartismo que junto a sus aliados había incluido la despenalización de los olvidos de bienes en las declaraciones juradas para rechazar la objeción parcial requerirá de 41 votos y si el Senado también rechaza será ley la despenalización.
Si las Cámaras disintieran sobre las objeciones, el proyecto será archivado y no podrá repetirse en las sesiones de ese año. Con la ratificación de la versión del Congreso se abre la posibilidad de que pueda favorecer delitos como el lavado de dinero y el enriquecimiento ilícito.