El proyecto de ley que modifica el artículo 105 del Código Penal tipifica el delito de sicariato, especificando que se trata de: “el que cumpliendo orden, encargo o acuerdo matara a otro por lucro, recompensa, promesa, reconocimiento o cualquier beneficio para si o un tercero, será castigado con pena privativa de libertad de 15 a 30 años”.
Esta propuesta fue impulsada luego de los varios hechos de sicariato que tuvieron lugar en nuestro país y por el hecho de que el delito no estaba tipificado.
Igualmente, una de las modificaciones al proyecto original, dispone que “el que se valiera de una persona inimputable o irreprochable para la realización de la conducta descripta en el presente artículo, será castigado con pena privativa de libertad de veinte a treinta años”.
Asimismo, señala que “quien interviniera promoviendo, favoreciendo o facilitando cualquiera de las conductas previstas en el presente artículo, será castigado con pena privativa de libertad de 10 a 20 años.
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Seguidamente, dispone que el que ofertara o publicitara algunas de las conductas descriptas será castigado con pena privativa de libertad de 10 a 20 años.
El proyecto fue presentado por los senadores liberales Fernando Silva Facetti (llanista) y Eusebio Ramón Ayala, junto los senadores de Patria Querida Fidel Zavala, Stephan Rasmussen y Georgia Arrúa y el colorado oficialista Enrique Bacchetta.
La comisión de Legislación y Codificación, que preside el senador Enrique Bacchetta (ANR-oficialista) planteó varias modificaciones al proyecto original que preveía en principio como pena máxima 25 años de cárcel.
Igualmente, la senadora Desirée Masi (PDP) planteó otras modificaciones que hoy serán debatidas. De aprobarse el proyecto de ley, pasará a la Cámara de Diputados para su estudio.