El exministro del Interior Walter H. Bower Montalto, de 65 años, y los policías Merardo Palacios Melgarejo (66) y Osvaldo Javier Vera Espínola (51) fueron hallados culpables de tortura, de acuerdo a lo que establece el artículo 309, inciso 1, numeral 1, literales a y b, del Código Penal original.
Atendiendo la calificación del hecho punible, fundada por el Tribunal de Sentencia con los votos en mayoría de las juezas Cándida Fleitas y Laura Ocampo; los acusados se exponen a una condena que va desde los 5 años hasta 25 años de cárcel.
El Colegiado de Sentencia presidido por el juez Fabián Weisensee, quien votó por una calificación distinta a los hechos probados, programó la continuidad del juicio oral y público para el viernes 25 de octubre, desde las 12:00.
En la segunda etapa del juzgamiento la agente fiscal de la Unidad Especializada en Derechos Humanos Sonia Sanguinés y los abogados Carlos Álvarez y Rolando Alum, representantes de los policías querellantes Jorge López y Alfredo Cáceres, presentarán sus pruebas y solicitarán los años de pena para los acusados, según lo señalado en el artículo 65 del Código Penal.
Según lo señalado por el Tribunal, los años de condena que cumplirán los acusados serán dictados el sábado 26.
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Tortura contra policías
En la primera parte del juicio oral para el Tribunal de Sentencia quedó probado que los policías participaron de hechos de maltrato físico hacia Jorge Luis López Sosa y otras personas; y el exministro del Interior Walter Bower fue acreditado como participante en los hechos que se dieron en mayo del año 2000, en las sedes de la Marina y la comisaría 11ª de Asunción, tras un levantamiento militar frustrado.
Estos apremios físicos en contra de los agentes López y Cáceres, además de varios otros agentes de la Policía Nacional, habrían ocurrido luego que los mismos hayan sido acusados de intentar perpetrar un golpe de Estado en contra el Gobierno del entonces presidente Luis Ángel González Macchi.
Los aprehendidos fueron llevados hasta la citada sede policial, que no era la de la jurisdicción en donde ocurrieron los hechos (microcentro de Asunción), pero era estratégica porque en esa jurisdicción estaba la residencia de Bower, de acuerdo a lo probado en juicio oral.
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López fue parte del grupo de policías detenidos en la referida unidad policial, mientras que el comisario Alfredo Cáceres afirmó que el 21 de mayo del año 2000 fue torturado por los policías bajo la supervisión de Bower en la sede de la Marina.
¿Por qué fue dividido el juicio oral?
Este es el segundo juicio oral y público que afrontan los policías Osvaldo Vera y Merardo Palacios, y el ex ministro del Interior Walter. Este nuevo juzgamiento se resolvió la división, por lo que en la etapa que finalizó el sábado último se analizó la culpabilidad de los acusados y en la segunda parte se establecerá las condenas que deberán cumplir los tres.
En este segundo juicio el Tribunal de Sentencia que integran los jueces Fabián Weisensee, como presidente; Laura Ocampo y Cándida Fleitas, como miembros; atendió el pedido realizado por las defensas, y resolvió la división del juzgamiento, conforme a lo establecido en el artículo 377 del Código Procesal Penal (CPP).
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Esta normativa señala que el presidente (del tribunal) podrá, cuando sea conveniente para individualizar adecuadamente la pena o para facilitar la defensa del acusado, dividir el juicio en dos partes. En la primera se tratará todo lo relativo a la existencia del hecho y la reprochabilidad del acusado y en la segunda lo relativo a la individualización de la sanción aplicable, resalta la primera parte de la norma.
Agrega que si la sanción que se puede aplicar a las resultas del juicio puede ser superior a los diez años o la aplicación de las medidas previstas en el artículo 72 incisos 3º y 4º numeral 1º del Código Penal, la división será obligatoria si la solicita el imputado, como ocurrió en el presente juicio oral.
Cámara anuló absolución
El primer juicio oral de la presente causa finalizó el 30 de diciembre de 2019, con la absolución de culpa y pena del exministro del Interior Walter Bower Montalto y los policías Merardo Palacios Melgarejo y Osvaldo Javier Vera Espínola. El fallo fue dictado en mayoría por los jueces Carlos Hermosilla y Víctor Medina; mientras que la jueza Rossana Maldonado votó en disidencia.
El 27 de abril de 2021 la Cámara de Apelaciones Tercera Sala, por Acuerdo y Sentencia Nº 22 anuló la Sentencia Definitiva Nº 1 del 30 de diciembre de 2019, y reenvió el expediente para un nuevo juicio oral, que ahora está en etapa final.